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demanda por falsedad

5 Comentarios
 
Demanda por falsedad
26/07/2004 20:13
En otra ciudad distinta a mi residencia actual, tuvo lugar una demanda contra mi por lo siguiente:
1) Juicio menor cuantía, por reclamación de más de un millón de pesetas, en relación a unos bienes que se dijo me habían entregado.
Se pudo demostrar que no era cierto y gane la demanda sin que hubiera apelación por la otra parte, o sea la sentencia es firme.
En este procedimiento, la parte demandante, intentó ampliar la demanda por pagos pendientes del contrato de un negocio (fraudulento), pero el juez no lo admitió.

Pasados tres años, me volvieron a demandar por el capital pendiente de pago del contrato del negocio (15.000.000 Ptas.). Esta demanda en 1ª instancia me ha sido favorable, condenandose en costa al demandante, la otra parte interpuso recurso de apelación que desde hace 3 años se está resolviendo.

Mi preguntas son:
1.- Si vuelvo a ganar en el Recurso de apelación, se podría demandar a los hasta ahora "demandantes", por daños y perjuicios, por falsedad y mala fé.

2.- Al no ser mi residencia habitual donde se han celebrado los juicios, podría demandarlos desde mi origen, pues para mi es mucho mas cómodo.

3.- La parte hasta ahora actora, ha interpuesto las demandas en nombre de una sociedad limitada, que fue dada de baja hace años.
¿Es posible actuar contra las personas físicas, que en su momento eran componentes de dicha sociedad?.

4.- Sería conveniente cambiar de abogado, si se pudiera ejercitar la acción desde mi ciudad, puesto que con el abogado que me lleva el tema, al estar bastante alejado, las comunicaciones son más complicadas.

Espero vuestras consideraciones y agradezco vuestra colaboracion.
Un saludo.

25/08/2004 22:39
Necesito vuestra ayuda,

Agradecería que algun forero entendido en el tema expuesto puede orientarme.

Muy agradecido
27/08/2004 15:26
yo tengo un caso similar pues me vi envuelta en un juicio civil que me han causado muchos trastornos y disgustos, cuando la otra parte sabia de sobra que me estaba usurpando algo que era mio. Ahora quiero hacer una reclamación de daños morales y mi abogado me dice que no cabe una reclamción civil a pesar de que en el juicio se me dio la razon muy claramente.
27/08/2004 21:27
Agradezco tu comentario Cristi

¿Como es posible que una persona te pueda demandar a sabiendas de que lo reclamado no le corresponde, y una vez que la justicia te da la razón no se pueda hacer nada contra dichos individuos?.

Aún más, en mi caso ni tan siquiera podré resarcirme de las costas (por cierto muy elevadas por la cuantias de los procesos), puesto que aunque han sido condenados al pago de ellas, se amparan en una S.L. inexistente.

No podré entender nunca que no se pueda hacer nada ante esto, me siento defraudado, humillado y al borde de entrar en una gran depresión.

Si alguien puede poner algo de luz en todo esto, o piensa que puedo tener alguna alternativa se lo agradecería muchisimo.
29/08/2004 16:18
en cuanto a la reclamción de las costas debes tener en cuenta que prescribe a los 3 años, no lo dejes pasar requiereles del pago de manera fehaciente, como el burofax del servicio de correos.
Por otro lado te dire que es muy dificil que los administradores de la S.L. respondan con sus propios bienes, pero no imposible, depende del balance de la empresa entre otros motivos, consulta esto pero primero comprueba que el responsable sea solvente, en cualquier caso no dejes pasar los 3 años para que no prescriba.
de todos modos podrias poner una denuncia por falsedad en el juzgado de guardia y luego hablar con el fiscal y cuantale todo a ver que pasa.
31/08/2004 15:47
Cristi:

De nuevo agradezco tu colaboración, te diré que en la actualidad estoy en tiempo del plazo de 3 años que tu me indicas y voy a iniciar las gestiones que me sugieres (solvencia de los administradores de la S.L.), que por otra parte, dicha solvencia en su día sí tenían.

Perdona una pregunta más:

¿Para poner una denuncia por falsedad en el juzgado de guardia, es necesario la representación de un abogado y procurador?, o por el contrario puedo iniciar yo el proceso y una vez encauzado ponerme en contacto con el profesional para que siga con el curso de las accones.

Muchas gracias.