Necesito saber si la demanda de juicio verbal para reclamar los recibos de suministros pendientes de pago por el inquilino que me arrendó la vivienda puedo solicitarla en le Juzgado del domicilio de la arrendadora, el mío, como además se puso en la última cláusula del contrato de arrendamiento.
O si por el contrario es obligatorio hacerlo en el Juzgado del domicilio de la vivienda arrendada, que además es en el mismo que del arrendatario actualmente.
Corresponde al juzgado de la circunscripción en la que se encuentre la vivienda arrendada, según lo dispuesto con total claridad en el art. 52.1.7º de la Ley de Enjuiciamiento Civil.