Para la ejecución de sentencias no hace falta aportar ningún testimonio de la resolución; puedes limitarte a solicitar la ejecución forzosa por falta de cumplimiento voluntario. Mírate la LEC, que es bastante clara al respecto.
Lo único que debes tener en cuenta para la ejecución es: que la sentencia sea firme, o sea de las que admita ejecución provisional; y no presentar la demanda ejecutiva si no han transcurrido 20 días desde la notificación de la sentencia al demandado (el llamado plazo de gracia).
Un Saludo.
¿Para solicitar demanda ejecutiva de un proc. verbal de reclamación de rentas, voy a necesitar solicitar testimonio de la sentencia para incluirla a la demanda? ejecutiva?necesitaré testimonio de algo más?