Hola he interpuesto una demanda ejecutiva y el juez ha dictado auto despachando ejecucion a mi favor pero ha establecido la nulidad de embargo indeterminado, ya que yo señale unas cuentas bancarias, por tanto ahora no se que tengo que hacer o simplemente no hago nada ya q el art.589 LEC dice que el tribunal de oficio requerirá al ejecutado q manifieste sus bienes.
El abc de cualquier escrito de demanda ejecutiva, es solitar el embargo de los bienes conocidos y si no se conocieren instar la averiguación de bienes y derechos a través de la Agencia Tributaria (en capitales de provincia o ciudades importantes a la Oficina de Averiguación Patrimonial a través del Juzgado Decano, además de que por el juzgado se proceda a consultar telemáticamente al TGSS y al INSS por si cotiza en alguna empresa o perciba alguna prestación. Saludos.
El abc de cualquier escrito de demanda ejecutiva, es solitar el embargo de los bienes conocidos y si no se conocieren instar la averiguación de bienes y derechos a través de la Agencia Tributaria (en capitales de provincia o ciudades importantes a la Oficina de Averiguación Patrimonial a través del Juzgado Decano, además de que por el juzgado se proceda a consultar telemáticamente al TGSS y al INSS por si cotiza en alguna empresa o perciba alguna prestación. Saludos.