DEMANDA EJECUTIVA CONTRA UNA ASEGURADORA POR IMPAGO DE CANTIDADES ANTICIPADAS POR FALTA DE ENTREGA DE UNA VIVIENDA.
- Vencimiento del contrato 30 de abril de 2.009. La prescripción se hubiera producido en abril de 2.011. ¿interrumpe la prescripción el requerimiento extrajudicial de pago (no notarial)?
- Una vez formulada la demanda, sólo se evita el requerimiento de pago al ejecutgado acreditando acta notarial de requerimiento? No vale otro tipo de requerimiento extrajudicial?
- ¿Tiene alguna ventaja el presentar el acta de requerimiento notarial para evitar el requerimiento judicial de pago al ejecutado?