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Demanda división de cosa en común y reclamación

5 Comentarios
 
Demanda división de cosa en común y reclamación
23/05/2017 14:00
Matrimonio con separación de bienes y bienes en mitad proindiviso invierten en negocio en común. Una parte invierte más que la otra. Esa parte abandona el negocio como socio colaborador y deja de afrontar los gastos de hipoteca, ibi, etc hace dos años. Separados no judicalmente pero si de hecho desde hace cinco años. Negocio cerrado desde hace 6 meses. La parte que abandona interpone hace 2 años demanda de división de cosa en común más reclamación de la inversión inicial a partes iguales sin tener en cuenta la devaluación (bien inmobiliario del negocio, los gastos no pagados a partes iguales, la mano de obra del trabajo, etc.). No hay demanda de divorcio. No hay acuerdo, abogados por las dos partes y proceso estancado. ¿Cómo proceder? Gracias ( la otra parte ;-)
23/05/2017 21:57
Vivianamay
Pues espero que contestaras a la demanda de división sin oponerte y que reconvinieses reclamando lo que has pagado tú sola desde que abandonó el negocio y dejó de pagar.

Ahora sí no hay acuerdo (estando en la situación que te he indicado antes), tu ex tiene 2 opciones:

1. Llegar a un acuerdo y venderlo que queréis dividir y él se lleve su parte por las buenas.

2. No hay acuerdo, pues que se subaste y a ti te den lo pagado de más en primer lugar, y luego el resto a partes iguales. Esto se traducirá en que solo recibirás tu dinero y él tendrá deudas contigo.

Este tipo de procedimientos o se hacen las cosas bien o hay que tener cuidado con lo que se pide y las consecuencias de llegar a la subasta, en este caso sin conocer todo el caso y ver toda la documentación puede estar más a tu favor.

Suerte
24/05/2017 00:32
Vmlex
Gracias Vmlex. Tal vez no me he explicado bien. El puso más dinero en el arranque y el negocio ha dado perdidas desde el principio, la inversión es sobre un immueble. Por mi parte he puesto el trabajo de años sin cobrar, he asumido todos los gastos a solas los últimos dos años y los sigo asumiendo despúes de cerrado. Si el inmueble está tasado muy por debajo de su valor inicial es lógico que él recupere la cantidad de más que puso a valor de entonces o un porcentaje correspondiente a la devaluaciòn actual?
Mi situación económica actual es mucho peor que la suya, que no es mala. Gracias
24/05/2017 08:15
Vivianamay
Efectivamente, no se explica usted muy bien, Vivian. Parece referirse a dos conceptos distintos: por un lado, lo relativo al inmueble adquirido por dos personas (es irrelevante que sean matrimonio) proindiviso. Por otro lado, el reclamo de la inversión en un negocio, al parecer instalado en el interior de ese inmueble. Si esto es así, el demandante ha acumulado dos acciones totalmente distintas, como son la disolución de condominio y la reclamación de cantidad, aunque tanto usted como él lo perciben como una sola reclamación, y conectan idealmente la adquisición del inmueble con el montaje del negocio, conformando una sola cuenta. En su relato parece indicar que su exmarido reclama lo que invirtió en el bien inmueble, con independencia de cuál sea el valor actual del mismo. En definitiva, que le sea devuelto todo lo pagado por todos los conceptos, quizás con intereses. Vlex le ha dado la respuesta correcta, al desglosar las dos acciones que además no pueden coexistir procesalmente en dependencia mútua, puesto que la disolución de condominio está terminantemente ordenada por la ley y el juez ha de ejecutarla, y la rendición de cuentas de un negocio requiere conjugar una cantidad a la cual se llega de una forma totalmente distinta y heterodoxa. En la disolución de condominio el inmueble se tasa por un perito judicial a fecha actual, siendo irrelevante cuál fuese el precio de compra o cuánto pusiese cada cual. La rendición de cuentas no consiste en devolver el dinero, sino en compartir lo que finalmente hay: pérdidas, en este caso. Dos acciones antitéticas que es preciso desvincular, empezando por su propia idea sobre las mismas,Vivian.
25/05/2017 22:51
Vivianamay
¿Soy tonta y no entiendo nada?¿Me podéis dar alguna luz?
Esto es lo que interpreta el demandante:

Yo entiendo que te están diciendo que no tienes razón. Voy a intentar explicar la situación como lo entiendo yo, según todos los abogados consultados.
1. Matrimonio con separación de bienes.
2. Disolución de comunidad de bienes.
=====
El matrimonio es irrelevante.

1. Eres autónoma.
2. El negocio/los negocios han dado pérdidas.
=====
El negocio es irrelevante.

1. Bienes en proindiviso.
2. Disolución de comunidad de bienes.
=====
Hay que sumar el valor de los bienes.
Restar el valor de las deudas (la hipoteca).
Hacer paquetes.
Resolver el tema de la deuda (abajo).
Ajustar cuentas.
Hacer el papeleo legal correspondiente.

1. He hecho una inversión mayor que tu
2. Este inversión está metido en el edificio.
=====
Opción A: Es una inversión, hay que calcular el porcentaje. Ya lo hice. 65% para mi, 35% para ti (Redondeando para beneficiarte - este opción me perjudica más que a ti).
Opción B: Es una deuda, me tienes que pagar la mitad de la inversión que hice /2 = € (Redondeando para beneficiarte - este opción nos perjudica por igual).
Opción C: Inversión? Deuda? No quieres saber nada del tema. (este opción me perjudica más que a ti)

3. Tu has invertido dinero desde enero 2015
=====
Si has elegido Opción B en el punto anterior, restamos el dinero de la deuda.

Este es la base sobre la que tenemos que negociar. Todo lo demás son distracciones. Mi demanda está puesto porque estás en Opción C y no estoy dispuesto a aceptar Opción C. Podemos hablar de opciones A o B. Si ves alguna opción diferente, no dudes en mencionarlo.
Una vez hecho el papeleo legal, puedes hacer con el edificio lo que quieras. Alquilarlo, venderlo, quedártelo. De hecho, yo no he puesto ningún obstáculo a que lo alquiles o vendes.
El coste de este proceso sube porque te has enrocado en Opción C. Si llegamos a juicio, te pueden condenar a pagar las costas. El mutuo acuerdo siempre es preferible.
El divorcio, una vez hecho el papeleo de la disolución de bienes cuesta poco dinero. Lo pagaré yo.
Estoy a la espera de tu aceptación de Opción A o B y tu propuesta económica. Habla con tu abogado.
27/05/2017 11:46
Vivianamay
No es usted tonta, Viviana. Tiene que acudir a un abogado (mínimamente) competente para que evalúe el título bajo el cual usted recibió el dinero de su exmarido: si le firmó usted un contrato de préstamo, ha de devolverlo; si ambos compraron el inmueble proindiviso y la inversión en el negocio fue de forma que se estaba al resultado del mismo, no tiene que devolver nada, sino disolver el condominio y cerrar el negocio con pérdidas. Es el mismo caso que si el negocio hubiese dado beneficios y ahora su ex pidiese su parte. Por lo tanto, puede crear la opción D, a la que llamaremos “opción Schrödinger”, que no es ni la A, ni la B ni la C, sino una nueva categoría que proviene de ejecutar el título de transmisión del dinero del bolsillo de su ex al destino final que se le dio, con todas las consecuencias: si el destino era usted misma, le sale a pagar; si el destino era la adquisición de un inmueble e invertir en el negocio, tendrá que pechar con las consecuencias.