HOLA TENGO UNA PEQUEÑA DUDA; si el actor, en un juicio sobre reclamacion de cantidad, no asiste el día en que es citado, el juez dictara auto y se entiende por desistida la demanda, pero ¿puede el actor volver a interponer la misma demanda? o ¿puede recurrir el auto si hay razones justificativas de la no asistencia? ¿y si no ha acudido por un despiste de los abogados, puede volver a interponerla? espero que podáis ayudarme, yo estoy por la parte demandada y quiero asegurarme de si el actor puede otra vez demandar por lomismo a mi cliente. Gracias