Entiendo que es responsabilidad solidaria, por lo que no cabría ninguna de las dos opciones, sin perjuicio que el cliente tenga el derecho de ir contra los dos (abogado y despacho), pero es sólo un derecho, no una obligación.
Mira en tu contrato laboral, a ver si lo contempla, para que luego puedas pedir (ya entre vosotros) que el despacho asuma la deuda.
Buenas tardes a todos, soy nueva en el foro, apelo a vuestra experiencia para que me asesoreis en qué puedo hacer en este caso..
Me ha demandado un cliente porque según él mi "mala praxis" le ha hecho perder 3.000 € (frente a los 50.000 y pico que le hice ganar)
La cuestión es que me ha puesto un verbal y nos demanda a mí y a mi seguro del Colegio NO A MI EMPRESA, yo soy trabajadora por cuenta ajena. La hoja de encargo la firmé yo pero a nombre de mi empresa y la facturación se la ha hecho toda mi empresa.
El tema es el siguiente.. alegamos falta de legitimación pasiva y litisconsorcio pasivo necesario? o sólo mi falta de legitimación pasiva? la diferencia es importante porque, según tengo entendido, en el verbal (yo soy laboralista 100% y me pierdo un poco en civil) si alegas falta de litisconsorcio pasivo necesario el juez puede dar plazo para ampliar, mientras que si alegas falta de legitimación resuelve en sentencia y es cosa juzgada..
Yo lo que quiero es cortarle las alas ya de una vez al canalla este que no os explico todo lo que nos ha hecho porque me hierve la sangre cada vez que pienso en él y todo lo que ha ganado gracias a nosotros..
Me ha puesto quejas en el Colegio, reclamaciones en el seguro y todas se las han tumbado.