Tengo un asunto entre manos , una demannda de responsabilidad extraconytractual derivada de unos daños causados por unos hijos menores de edad y plantaddo el previo acto de conciliacion los padres de algunos de ellos se avinieron a pagar los daños ,su parte proporcional, otros no.
¿Que hago demando a todos señalando el pago efectuado a efectos de que no haya costas o solo a los que no pagaron?