Yo demandaría a la señora mientras no conste q se te haya notificado dicha muerte. El hijo como heredero ocupará el lugar de la madre en el proceso.
Si los hechos se produjeron en vida, o sea si el incumplimiento se produjo en vida a eso tendrás q atenerte y asimismo a eso tendrá q atenerse el juez.
Como se suele decir, salvo mejor opinión.
Demanda de resolución por cesión inconsentida y fallecimiento del demandado
Tengo un tema de lo más complicado. A ver qué respuesta me ofrecen porque estoy algo perdido.
Contrato de local comercial de renta antigua. Arrendataria: Viuda pero efectivamente lo lleva el hijo. Preparo la demanda de resolución por cesión inconsentido y hace dos días, fallece la arrendataria.
Me encuentro con la demanda en las manos, sin demandado principal (iba a demandar a los 2) y con el peligro de que ahora se me notifique la subrogación. Mi duda es: ¿puedo oponerme a dicha subrogación entendiendo que el contrato ya estaba resuelto por la cesión inconsentida.? No sé si hacerme el sueco o plantear la demanda como si no supiera nada del fallecimiento? que lio!
joder, es que es mala suerte!! Ya lo siento por la Sra. pero estaban en una situación irregular y aprovechandose del desconocimiento del arrendador.