Saludos:
Quisiera saber que se debe interponer, si demanda de precario o el procedimiento sumario del art. 41 LH, en el caso de una madre que cede sus tierras a su hija, sin ninguna condición por parte de esta última. Lleva muchos años, incluso la madre paga contribución y demás gastos.
¿Que diferencia hay entre los dos procedimientos?