como cualkier persona estas en tu derecho de pedir copia de la factura. ppor un motivo k os importa a ambas partes.
1.- a ella para demostrar k os a informado
2.- a vosotros para poder pagar y demostrarlo
aconsejo siempre hacer los pago de cualkier cosa a traves de la cartilla del banco, ademas especificando el concepto. aunk sean 10 insignificantes ueors. siempre ingresar en cartilla y luego la madre si kiere k lo retire.
yo un año, estuve esperando mas de un mes para k me diera copia de la factura de libros y material, y en vista de k no dava señales de vista me dirigi al colegio y pedi copia de libros/material, ademas en ese folio ya te especificaban los precios (kizas podia variar un poco pero no mucho) y le hice el ingreso del colegio a la libreta especificando el concepto.
1.- si eran mas caros, ella perdió por no avisar
2.- si eran mas baratos ella salia ganando la diferencia
otro año me presento un fajo de fotocopias de facturas k keria k le pagaramos, esta vez como nos cambio la sentencia todos los gastos k ella pedia ya estaban cubiertos por la pension asi k no hicimos ingreso ninguna, y aunk amenazó en llamar al abogado.....no tuvieron k hacer.
si kieres compartimos mail y seguimos hablando por mail para no saturar el foro.
Yo doy gracias a estos foros porque se intercambia información y aunque cada caso es diferente hay muchas similitudes. Lo que realmente me molesta y a veces me siento impotente es porque se utiliza a los hijos, y creo que lo de ella se a convertido en un tema casi personal, y yo entre lo poco que e leído y me e informado intento guiarlo a el, cuando se paga algún gasto extraordinario siempre pido copia de cuando se efectúa el pago, solo que este cuando le pedí la copia del pago del material me dijo que le habían robado el monedero y no lo podía pagar. Entonces le recomendé a mi marido que pidiéramos cita al colegio para informarnos de los gastos reales del niño. Porque es la única manera que tenemos para averiguarnos las cosas, ella no lo va a decir, como cuando los libros dijo que era del Ampa aunque no lo soy, y me hicieron el descuento. Eso me sonó a chino.
si es cierto k las visitas pertenecen al padre pero no siempre se rige solo eso, en mi caso, el padre casi nunca lo veia por el horario laboral y el crio se pasaba el rato conmigo, es mas los dias intersemanales ni sikiera lo veia.... aunk mi tema es algo diferente, tb existia un hermano al k tb le otorgaba las visitas, por eso no se especificaba k solo fuera del padre, es mas, la madre en algun momento concreto kiso suprimir al maximo estas visitas y especificarlas al horario de trabajo y el juez le dijo k na nain, ademas comprendia kel horario de hosteleria era dificil y con variedad...
entonces no teneis obligacion si no kereis/o no podeis ha haceros cargo de esos gastos. y referente a los libros y material y todo lo referente a la educacion si no lo especifica en sentencia estan considerados como gastos ordinarios y estan cubiertos por la pension (si en sentencia pone k son extraordinaros entonces si han de abonarse)
Monste; Si, el convenio dice que los gastos extraordinarios serán al 50% pactados por ambas partes y que si no vienen pactados previamente por escrito no serán obligados. El dice que antes de conocerme le daba el dinero que pedía para no escucharla pero ahora mismo la situación es otra, el casal y colonia del año pasado no lo pagamos nos pedía unos 200 euros. Solo hemos pagado los libros, el material y salidas 2008-2009 .
Luego el tema de las visitas los traemos solo 2 veces al mes (domingo) porque mi marido trabaja de lunes a sábados a veces domingos y yo a veces me lo e traído aunque el no esta en casa, pero eso a ella no le agrada un día casi no me lo entrega me dijo que el niño tenia que estar con su padre no conmigo. Es difícil porque por parte nuestra hay voluntad de llevar las cosas bien, pero ella es muy follonera, así que por eso quiero que se modifique el convenio cuanto antes.
en vuestra k tipo de sentencia teneis respecto a los extra ?
te comento si no especifica nada en clara, los gastos extraordinarios se han de comunicar con previo aviso a la parte no custodia y este decirdir si paga el 50%, nadie le puede obligar "al no ser k lo ponga por escrito" a pagar unos gastos k no son estrictamente necesarios
Mi marido a solicitado un abogado de oficio el próximo mes tiene la cita, queremos pedir la modificación de medidas y reducción de pensión alimenticia. La madre del niño casi nunca a trabajado actualmente esta casada y tiene otra hija de su actual matrimonio. Pagamos 225.00 euros de pensión gastos extraordinarios. ( Ella le mete a todo tipo de actividad aun no teniendo recursos para ello, lo que nos hace pagar un 50% ) Lo manda a colonias, cásales en verano cuando podría estar perfectamente con su madre. Conozco niños que no hacen este tipo de actividades y crecen fenomenales. Mi marido gana de sueldo base unos 840.00 mas plus de tienda.... Pagamos 700 euros de alquiler suministros. Me encuentro en el paro y como esta la situación actual no será fácil encontrar trabajo y el paro se acaba, eso que no tengo niños porque como venga uno lo llevamos mal. Así que espero que el resultado sea positivo.
Gracias a todos por vuestros mensajes que me están sirviendo de mucha ayuda. Yo no quiero dejar de pagar la pensión de mi hija, es más, quiero estar implicado en su educación (pago un colegio que cuesta 350€) y su vida, y no dejar de verla. Pero no puedo hacer frente al pago de su pensión antigua que era de 850€ porque no podría vivir, de ahí que necesite el cambio. Gracias de nuevo
me alegro mucho por vosotros shango5, igualmente k se pide en juzgados nominas de ambas partes y aportacion de los gastos k tiene cxada parte, es logico k devieran poner en convenio la cantidad k deviera aportar la madre.
evidentemente la madre va a organizar esa pensión, pero al igual k ha de existir una cartilla donde el no custodio ingrese tal cantidad, no significa k la madre tb lo haga, creo k es mucho papeleo o transferencias innecesarias, pero si es necesario k se especificara la cuantia k la madre deviera pasar para posibles problemas y k se pudieran solucionar tb aportando documentos.
me alegro k el juez k reviso vuestro caso se mirara los docuementos y demas.... ojalá lo hicieran mas de uno
Montse no sabes con que alegría discrepo contigo en lo de "nunca verás una sentencia en la que ponga el padre pasa x de pensión y la madre x". Hoy me ha dado el abogado de mi pareja la sentencia definitiva, no os voy a aburrir con la historia porque ya la he contado en otros post, pero os resalto lo que me ha puesto tan tan feliz, no sólo por mi pareja, sino por tod@s nosotr@s por fin algo de igualdad: bueno la jueza argumenta de este modo porqué baja la pensión con respecto a una sentencia de medidas provisionales anterior: primero dice que la demandante percibe más dinero del que dijo en el primer juicio, y que además su trabajo, aunque no fijo si es estable, puesto que ha trabajado de forma continua en el último año, (mintió, dijo que su trabajo era precario sin presentar pruebas, nuestro abogado pidió que presentara nóminas y vida laboral). En segundo lugar dice os lo escribo textualmente:" si el demandado debe satisfacer mensualmente la cantidad de ... en concepto de cuotas de pretamos hipotecarios, ...en concepto de arrendamiento de vivienda, y 300€ en pago de los alimentos a sus hijos, cuenta con unos 300€ mensuales para sus restantes gastos; y la madre( aquí viene lo interesante) que debe abonar igualmente ... por los préstamos, si destina otros 300€ más la pensión que el padre satisface, a sufragar los gastos de sus hijos, cuenta con unos 365€ para sufragar el resto de sus gastos; (lo que viene ahora también me parece interesante); y si bien esta cantidad es algo superior a la del padre, esta diferencia está justificada por las circunstancias laborales de la madre, que no tiene trabajo fijo, por lo que con esa suma debe ahorrar para tener un remanente con que cubrir sus gastos en los periodos de inactividad laboral", ¿qué os parece?, no es mucho pero estamos contentos.... un saludo y suerte a tod@s
Respecto al tema económico, una modificación de medidas es lo que debe instar solicitando la reducción de la pensión proporcionalmente a sus ingresos y gastos fijos. Cuanto más tarde en solicitarla, más deuda generará. En cuanto a la denuncia, si es en la via penal, conviene que aporte copia de la solicitud de la modificación de medidas y acredite bien que paga (lo que sea, pero que paga) y la disminución de ingresos para que sobresean el caso. Lo mismo respecto al régimen de visitas, debe acudir a la modificación de medidas y solicitarlo junto con la reducción de la pensión de alimentos.
Si su esposa no le permite ver a la menor, hable con su abogado para tenerlo acreditado y cuando esto suceda, pida la ejecución de la sentencia. También puede acudir a la via penal pero mejor que le asesore un abogado, pues en cualquier caso, va a necesitarlo. Puede solicitar la justicia gratuita si cumple los requisitos económicos para que le designen abogado y procurador del turno de oficio.
Un saludo
comparto opinion con samaruc, no creo k el padre kisiera perder su negocio propio... ademas si fueran todavia matrimonio seguro k se tendrian k apretar los cinturon y prescindir de cosas innecesarias, ademas en un matrimonio k ambos trabajan se ayudan mutuamente y cuando uno no llega apoya el otro. pk ha de cambiar cuando un matrimonio se separa?
es cierto k el no custodio deve pagar, pk es su obligacion pero si la situacion cambia sin haberlo buscado y no puede afrontar x pension, creo k es mejor revisar la nueva situacion y ekilibrar a sus posibilidades.
evidentemente los gastos son de ambos, pero jamas veras en una sentencia de visitas el padre pasa X de pension y la madre pasa X. unicamente se pone lo k deve pagar el no custodio.
de acuerdo con pgoa en cumplir obligaciones pero seamos realistas si su sueldo actual no da para pagar esa pension, lo normal seria por ambas partes pedir modificacion, por parte del padre para k la rebajen pero tb le interesa a la madre para asegurarse cobrar.
y con lo de" mas cumplir obligaciones", eso tb tendria k hacerlo la madre, pues tiene la obligacion de k la niña y su padre tengan contacto y el utilizar a su propia hija para chanteje hacia el padre me parece orrible. ademas el no dejar ver a la niña por el motivo del dinero es incumplimiento de convenio, pk no se han de mezclar los asuntos.
1.- estoy de acuerdo l si el padre no paga deve preocuparse o incluso denunicar
2.- pero no dejando ver a la niña, se arriesga a sea denunciada y casi seguro k pierda
efectivamente menos egoismo y mas cumplir obligaciones por ambas partes, aunke creo k el padre esta haciendo lo correcto segun su situacion.
Pgoa
Como opinion personal vale lo que vale. Intentemos por favor guiar a los proponentes.
Por descontado que puede instar una modificacion de medidas ya que su ex no quiere reconocer la realidad. Esta Vd obligado a contribuir al sostenimiento economico de su hija pero acorde a sus ingresos. Si la variacion de ellos es substancial como requieren los juzgados de familia sin la menor duda se marcara una pension acorde a su situacion.
La ley no "castiga" caer en peor fortuna
Debe ir representado por procurador y bajo direccion letrada. Mire a ver si tiene derecho por sus ingresos a que le sean designado de oficio
Un saludo
NOTA: el pago de la pension no da ni quita regimen de visitas. Si la madre incumple insta ejecucion de sentencia
Pgoa, no creo que tampoco a odonovans1 le haga mucha gracia ganar menos que antes...
La vida está como está y desgraciadamente repercute en TODOS. Lo que no sería normal es que a esta persona se le obigue a pagar una cantidad X cuando no le llega el sueldo.
Ya está bien de tanto egoísmo y tanto mirar sólo por el dinero.
Las cuestiones económicas las puede resolver instando una modificación de medidas (abogado y procurador), donde deberá acreditar una variación sustancial (no buscada) de sus ingresos, para solicitar una reducción de la pensión por alimentos. Hable con su abogado.
El cumplimiento del régimen de visitas es independiente de las cuestiones económicas. Su hija no es moneda de cambio.
Demanda de modificación de la pensión alimenticia y régimen de visitas
Hace seis años me divorcié de mi mujer y establecimos un acuerdo de pensión alimentaria para mi hija y unos días de visita de acuerdo al trabajo que yo tenía del cual era propietario. Me quede sin el negocio y ahora trabajo en otro sector distinto y con una remuneración mucho menor y dias de libranza distintos. Mi mujer se sigue aferrando al acuerdo que firmamos y que yo no puedo mantener. Que tengo que hacer para cambiarlo y estipular uno nuevo, ya que no me deja ver a mi hija si no pago la pensión completa (nunca me he negado a pagar, sino que no puedo pagar tanto) y me ha denunciado este mes. Que pasos debo seguir. Gracias.