La formación de inventario está pensada para matrimonios que tienen una fortuna en bienes muebles e inmuebles, y que resulta difícil determinar cuántos de cada, y su valoración. Después hay que hacer un procedimiento para la liquidación. Total: 7 años entre una y otra cosa. Si lo que tienen es una vivienda, que hagan una disolución de condominio corriente y moliente, y acaban en breve.
En.la formación del inventario quien interviene, por favor, un juez ? Y si no hay acuerdo qué ocurre a continuación? Quien tasa la vivienda ? Y sobre todo quien paga esa tasación. Gracias por su apoyo
Si se refiere a la demanda para la formación de inventario, el juez no va a permitir que entre una tercera persona ajena al procedimiento, porque eso sería irrumpir en la intimidad patrimonial de los cónyuges.