Le han puesto una demanda de ejecucion hipotecaria a una persona, se le ha embargado la casa, pero segun el articulo 693 del la lec, si paga antes de la fecha de la subasta lo que debia a fecha de la demanda y los meses que se han devengado durante el proceso, esta puede liberar el bien. Me puedo personar en el procedimiento y pedir que el juzgado solicite al banco que señale las cantidades que debia a fecha de demanda, pagarlas y posteriormente, pedir que proceda a liquidar los meses devengados poteriormente???'gracias