Mi esposa me ha presentado una demanda de divorcio, yo por estar de vacaciones no he recogido la notificación, cuantos días se tiene para responderla, si ha pasado el plazo que puedo hacer
Hola agp,
Normalmente el plazo para contestar -veinte días hábiles desde la notificacion - se interrumpe en agosto, si Noel han notificado, acuda a un abogado, personese en el procedimiento, designando abogado y procurador y le darán copia de la demanda.
Si por lo que fuera, hubiera pasado el plazo para contestar y le hubiesen declarado en rebeldia, debe hacer lo mismo, personarse con abogado - y procurador- y le darán copia de la demanda y se levantara la rebeldía.
Un saludo,
El plazo no computa hasta que se recoge la notificación. Normalmente, hacen varios intentos de notificación. Lo que debe hacer es pasar por el Juzgado, recogerla y si va a solicitar justicia gratuita, hacer una comparecencia ante el jUzgado indicándolo así para que se paralice el plazo mientras la solicita. De paso, pregunte si le han notificado mediante edictos y si no es así, no habrá problema porque la notificación ha sido negativa.
Discrepo con katia en una cosa, la rebeldía no puede levantarse, otra cosa es que puede personarse en el procedimiento si ha sido declarado rebelde, sólo que las actuaciones que debió hacer no puede realizarlas por estar precluidos los plazos (supuestamente porque no sabe seguro si está en rebeldía). Un saludo.
Si, es cierto lo que indica Nuria, no se levantara la rebeldia para las actuaciones que hubieran preludio los casos, pero si desde ese momento en adelante, solo paa el caso de que se hubiese declarado así, que probablemente, no sea.
Nuria, como siempre, agradezco tu aportación y aclaración.
Un abrazo,