Puede que, aparte del periodo más o menos dilatado, su esposa pida finalmente abogado y procurador de los del turno de oficio para defenderse. Entre que la proveen de estos profesionales y se contesta a la demanda, pueden pasar varios meses, ya que los 20 días son lectivos, no naturales. Rebasada la Semana Santa, tendrán fecha señalada para el juicio en Mayo-Junio. Justo antes, la representación legal de su esposa pedirá la suspensión de la vista por las razones que en ese momento tengan trascendencia procesal, y que resulta imposible prever en este momento. Puede que con suerte en Diciembre de 2017 tenga una sentencia firme, después de haberse consumido todos los recursos. Pero desde esa fecha empieza el calvario de la inscripción en el Registro Civil, que si todo va bien y usted pregunta frecuentemente al funcionario, puede practicarse en Marzo de 2018. Después puede sacar una certificación y volver a contraer matrimonio.
La demanda la puse a primeros de noviembre y a mi me han informado a finales de mes, así que la saturación de trabajo del juzgado está en la media de lo que he ido leyendo por el foro.
Tanto yo, como la otra parte, como el juzgado estamos en la misma ciudad.
Mi abogado me ha dicho que una vez que reciba la notificación tiene 20 días para responder a la demanda y lo que me gustaría saber es si a principios de año ya sabré algo o si entre que la recibe y se hace la sueca y demás pueden pasar varios meses.
Hace 4 días que me ha comentado mi procurador que nuestra demanda ha sido admitida a trámite. Alguien podría decirme cuanto tardan en notificárselo a la otra parte?