Es justo lo contrario: si el contrato está vencido o no tendrá que decirlo un juez no su abogado, por lo tanto, de momento, el contrato subsiste. Si el inquilino no paga debe intentar el desahucio por falta de pago. SI durante el curso de ese pleito sale la sentencia del otro ya se cambiará lo que se tenga que cambiar (yo diría que solo cambiaria la causa petendi) pero por lo demás no veo el problema por ninguna parte.
Le pregunte al abogado que me lleva la demanda de desahucio por finalizacion de contrato, y me dice que no puedo interponer la de desahucio por impago porque el contrato ya esta vencido.
Entonces ¿que pasa si pierdo la demanda de desahucio por finalización de contrato? ¿que tengo que empezar desde cero otros 10 meses para el desahucio por impago?
Hace unos meses se interpuso demanda por finalización de contrato ante el juzgado por finalización de contrato que el juzgado a admitido, pendiente de fecha de juicio.
A su vez la inquilina a dejado de pagar. ¿puedo interponer una segunda demanda de desahucio por impago? .