En fechas 8 de junio y 11 de junio de 2.009 se suministra por parte de una empresa de hormigones a una obra, hormigón de mala calidad. Cuando se está vertiendo el mismo en la obra, ya el enccargado nota algo raro y pone en el día 11 de junio: hormigón de mala calidad. En fecha 22 de julio de 2009 se remite un fax a la empresa que suministró el hormigón para que remitan la dosificación de los albaranes y en fecha 24 de julio de 2.009 la empresa de hormigones envia un fax diciendo que la dosificación es correcta, en fecha 31 de julio se hace un requerimiento judicial. ¿Cuándo vence presentar la demanda por daños? ¿El 8 de Junio de 2.010 ó el 27 de julio de 2.010 dado que se ha hecho un requerimiento que interrumpe la prescripción de la acción? Gracias y un saludo.