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demanda de cantidad

11 Comentarios
 
Demanda de cantidad
07/05/2008 16:17
No estoy de acuerdo con la cantidad que han depositado en el juzgado por mi despido, y no estoy dispuesto a regalarles nada a esos desagradecidos. Su prepotencia no tiene límites, llegaron a decirme que si querían no me pagaban nada porque mi trabajo no les gustaba, despreciando desde su completa ignorancia mi trabajo, lo que hay que aguantar!!! Soy un ignorante de la vida,pero afortunadamente tengo la suficiente humildad para informarme cuando no se algo :). Os agradecería, que me ayudárais. Donde y como se hace una demanda de cantidad?
07/05/2008 18:02
Hola, en primer lugar si la cantidad depositada en el juzgado no es la corresta, no debes interponer demanda por reclamacion de cantidad

Deberas interponer demanda por despido improcedente y los consiguientes salarios de tramitacion

Te recomiendo que te pongas en manos de un abogado o graduado social para que inicie los tramites

Un saludo
07/05/2008 18:36
Hola, el caso es que ya me declararon el despido como improcedente. En el juzgado me han consignado también la indemnización, pero la cuantía no es correcta. En este caso, ¿Debería hacer una demanda de cuantía?

Gracias Federico

Un saludo
07/05/2008 18:45
Hola, sino me equivoco, te han despedido y en la misma carta de despido han reconocido la improcedencia y consignado la indemnizacion en el juzgado

Esta indemnizacion segun tus cuentas es insuficiente

Ponte en manos de un laboralista o graduado social y que inicie una demanda por despido improcedente y salarios de tramitacion

Un saludo
07/05/2008 20:00
No estoy de acuerdo, la demanda seria por diferencias en cantidad y no por despido ya que la empresa reconoce la improcedencia y se puede haber equivocado en la indemnización.
08/05/2008 10:29
yo estoy en la misma situación, no estar de acuedo con la indemnización y demás liquidaciones que no son correctas....ahora vamos a pedir que se deposite en el juzgado y luego ya se verá.....
de hecho los muy desgraciados ni si quiera me han pagado la nómina correspondiente a abril......asi que les meteré mano por donde pueda y más....
NO TE CALLES
PONTE EN MANOS DE UN LABORALISTA.
08/05/2008 12:25
Gracias Blitz, ya hablé con un abogado laboralista y la verdad es que merece la pena, te deja más tranquilo, además una consulta tampoco es muy cara. La empresa tiene 48 horas para consignar en el juzgado lo que te corresponde. Después si no estás de acuerdo y crees que merece la pena puedes presentar una demanda de cantidad...Suerte
08/05/2008 14:03
Hola, salvo mejor opinion, y vista la jurisprucencia, cuando se realiza un despido reconociendo la improcedencia y no se esta de acuerdo con la consignacion, debe hacerse una demanda por despido improcedente, para que el juzgado si estima oportuna la demanda condene al pago de salarios de tramitacion y establezca la indemnizacion correcta

Un saludo

08/05/2008 15:46
Puede ser, pero entonces la demanda por diferencias de cantidad en que casos se pone?
08/05/2008 15:51
cuando la empresa reconoce la improcedencia y no deposita la indemnización a las 48hs. y no estando de acuerdo con la indemnización- se puede solo interponer demanda de cantidad?
08/05/2008 17:05
Hola, la demanda por diferencias de cantidad se pone cuando hay diferencias entre lo que se cobra en nomina y lo que se deberia cobrar o por ejemplo ante el impago de la paga extra...

Un saludo
10/05/2008 01:38
Todo aclarado. Muchas gracias Federico.

Un saludo