Buenas noches a todos y muchas gracias de antemano por leerme.
Os paso a contar porque me siento bastante desesperado
Trabajaba en una empresa estatal en la que hace cosa de un año, se nos hizo a unos 800 trabajadores una modificación de horarios. En mi caso el nuevo horario que me proponían era pasar de partido a intensivo con reducción de horas trabajadas.
Esa modificación, la podíamos aceptar o bien optar por un despido con 20 días de indemnización por año trabajado. Yo me acogí a la segunda opción.
El caso es que los sindicatos decidieron interponer una demanda colectiva para anular el proceso. Yo en ese tiempo he cobrado el paro durante 5 meses y encontré un nuevo empleo.
Ahora me he enterado de que los sindicatos han ganado la demanda y la sentencia ha declarado nulo todo el proceso, por lo que me han dicho que estoy obligado a volver a la empresa! lo cual yo no quiero hacer porque ya tengo otro empleo. Y aquí viene el problema. Me dicen que si no vuelvo, será como si nunca me hubieran despedido, y que por lo tanto se considerará una baja voluntaria de la empresa por mi parte, obligándome a devolver la indemnización y a devolver el paro que cobré en esos 5 meses!
Es decir, que como la demanda colectiva la han ganado, el proceso se ha declarado nulo y ahora yo me veo perjudicado sin que yo haya puesto ninguna demanda.
Que puedo hacer para evitar tener que devolver la indemnización y lo cobrado del paro?
Como yo lo veo, si no regresa será baja voluntaria y tanto si regresa como si no deberá por un lado devolver la indemnización percibida y la prestación cobrada de por desempleo porque la sta e de nulidad por tanto los hechos se retrotraen a la fecha en que se aplico el ERE, pero si usted regresa a la empresa tendrán que pagarle los salarios de tramitación desde la fecha en la que usted salio de la empresa, como lleva un año esta cantidad suplirá la indemnización así como los meses que cobrase por desempleo.
Lo que debe hacer es regresar, hablar con su actual pedir unos días de vacaciones o si tiene días de asuntos propios o incluso un permiso sin sueldo, (multitud de convenios tienen estas condiciones) y una vez regresado el primer día de trabajo en su anterior empresa una vez retornado solicita usted una baja voluntaria aquí la baja ya seria posterior a la fecha de la sta y por tanto ya no tendría que hacerse cargo de esa deuda.
SMO