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¿demanda civil?

2 Comentarios
 
Art. 1902 del código civil: El que por acción u omisión causa daño a otro interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

Es decir, que puede solicitar responsabilidad civil.
Saludos,
info@divorciosycomunidades.com
25/06/2011 19:22
si
¿demanda civil?
25/06/2011 09:15
Una persona me denuncio falsamente, se demostro la falsedad y se procedio contra ella por falsa denuncia y fue condenada.
Con el fallo de la Audiencia, definitivo. ¿Puedo iniciar una demanda civil, por daños y perjuicios morales?
Gracias