Habiéndome dádome cuenta de que el pago del impuesto local IBI de un local del que soy propietario se ha cargado erróneamente al propietario del local colindante (por error de la administración) y no habiéndose este dado cuenta tampoco del error, comuniqué la existencia del problema tanto al propietario vecino como a la administración. La administración ha abierto un expediente y me dice que yo no debo pagar nada por el momento sino que debe ser mi vecino quien venga a comunicar el error de hecho y así solucionarlo lo antes posible. El propietario vecino se niega a ello y, en vez de reclamar directamente a la administración local la devolución del pago indebido de las cantidades que él ha abonado en concepto de IBI y que hubiesen sido debidamente cargadas a mí, como sujeto pasivo, si no hubiese sido por este error de hecho de la administración, me reclama ahora civilmente (me ha interpuesto una demanda de la que aún no he sido notificado). Mis preguntas son las siguientes: 1)cabe una demanda civil contra para la devolución de unas cantidades que yo nunca he percibido como tal, sino que ha sido la administración quien lo ha cobrado erróneamente? es decir, según veo en el Código Civil, aquí no ha habido entrega de cosa concreta ni contrato ninguno entre mi vecino y yo no consigo ver clara la fundamentación de la demanda civil… 2) no tendría más bien que entablar él un procedimiento administrativo contra la administración y que ésta me reclamase entonces a mí el pago de los IBIs atrasados? 3) este asunto es derecho civil o tributario/administrativo-porque al haber tres sujetos implicados y uno de ellos la administración no sé si las normas generales del derecho civil pudiesen aplicarse 4) puedo negarme a contestar la demanda ...si así fuese y se me declarase en rebeldía, se me asignaría automáticamente un abogado de oficio? Muchísimas gracias de antemano por su atención.