Estoy con Lexis, así además aunque la promotora desaparezca, tendrá que tener un seguro de responsabilidad civil (el cual podrías solicitar como diligencia preliminar si la empresa sigue existiendo), y demandar al arquitecto en su caso y a su seguro, los cuales siempren estarán ahí.
saludos
Creo que previamente, debes acceder al expediente administrativo de concesion de licencia de construccion, en el Ayuntamiento.
Ahi aparecera, Proyecto, Promotor y Direccion Facultativa y demas responsables, segun la LOE.
Salvo mejor opinion.
Buenos días, parece ser que el anterior mensaje que he publicado sobre esto no ha salido. Lo vuelvo a poner.
Tengo que interponer una demanda de reclamación de cantidad por daño extracontractual.
El caso es que el edificio que han construido al lado del nuestro se ha asentado y ha producido ciertos daños en nuestra estructura.
El único dato que conocemos del edificio colindante es la promotora, que ha resultado ser un grupo de empresas.Aunque parece ser que el daño se ha producido por la hinca de los pilotes de la estructura, desconociendo quien ha realizado ésta.
La cuestión es si interpongo demanda directamente contra la promotora, entendiendo que la misma es responsable solidaria, y en este caso, como puedo conocer cual sea la empresa dominante de dicho grupo de empresas, ya que entiendo que éste último carece de personalidad como para ser demandado.
O si considerais más correcto presentar unas diligencias preliminares contra dicha promotora, con el fin de conocer la identidad y participación de los demás agentes que han intervenido en la construcción (véase arquitectos, aparejadores, constructores y sus correspondientes seguros). ¿Creeis que con la LEC en la mano y sabiendo que las diligencias preliminares son un números clausus me lo aceptarían???
¿A quien entendeis que habría que demandar, en cualquier caso??
Os agradecería cualquier tipo de ayuda o consejo práctico que me pudierais proporcionar, gracias.