Me ha sido adjudicada, en sentencia judicial, después de casi 20 años de espera, una vivienda la cual esta ocupada.
No he tenido ningun contacto con la persona/as que la ocupan, veo movimiento de persianas y ventanas y en su momento se solicitó al juzgado se permitiera peritar la vivienda sin la necesidad de acceder a su interior para elaborar el cuaderno particional, ya que el perito llevaba más de un año sin lograrlo.
Lo que es seguro es que los ocupas son conocedores de mi situación ya que son familia politica del anterior propietario fallecido.
Me he estado informando y las facturas de los suministros están domiciliadas a nombre del fallecido y anterior propietario de la vivienda.
Quisiera dar de baja los suministros de agua y luz e interponer una demanda de deshaucio por precario.
¿tendria alguna consecuencia penal? ¿Cual seria el orden mas conveniente para mi de actuación?
¿primero corto los suministros y luego el desahucio o mejor al reves?
¿esperaria una vez cortados los suministros a tener noticias de los ocupas para inerponer la demanda de deshaucio?
Lleva cuidado con cortar los suministros de repente no sea que tengan la cara dura de denunciarte por coacciones, en todo caso adelántate tú ya que son ellos los que no te dejan acceder ahora a la vivienda y una vez hecho, entonces demanda de deshaucio por precario, ya sabes que lo tienes ganado, pero yo de tí llevaría este orden.
Un saludo.
muchisimas gracias por su antención.
lo haré así, espero que salga bien.
los mantendré informados de los acontecimientos, para futuras consultas en este foro.
muy agradecida,
un saludo