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Delitos perseguibles de oficio

2 Comentarios
 
20/01/2004 11:37
En principio todos los delitos públicos son persegibles a instancia de parte, aunque tenemos los semipúblicos que necesitan denuncia del perjudicado (acoso, abuso y agresión sexual). Existen otros como los delitos privados que siempre necesitaran de denuncia para ser perseguidos como injurias y calumnias. Tb tenemos otros tipos como la usurpación q también necesitan de denuncia para ser perseguidos. Todos estos delitos cuando el perjudicado sea menor o incapaz el Ministerio Fiscal puede actuar de oficio
19/01/2004 09:33
La regla general es que todos los delitos son perseguibles de oficio. Los que necesitan de denuncia de la persona agraviada, como los insultos, amenazas, etc., lo recogen expresamente.
Delitos perseguibles de oficio
17/01/2004 12:01
¿Donde se encuentra la regulación sobre los delitos que son perseguibles de oficio y los que sólo lo son a instancia de parte? ¿Hay algún artículo en particular en C.P. o LECrim donde pueda encontrarlo? Gracias.