Bajo mi punto de vista imprudente no es en ningún caso. Lo que quizás se podría plantear sería el atenuante por embriaguez, pero si hay sentencia ya no se puede hacer nada. Además, si dices delito contra la seguridad vial, supongo que sería alcoholemia, así que atenuante tampoco.
Estimados foreros, tengo una duda relativa a la cancelación de antecedentes penales. Hablamos de una pena de retirada de carnet de 16 meses, esta pena procede de dos delitos, 8 meses por delito contra la seguridad vial y 8 meses de desobediencia por no querer soplar. Esta pena ha quedado extinguida el 14 de febrero de 2011. Mi duda es tienen que pasar tres años porque la pena es menos grave superior a 12 meses, o serían dos años porque como el alcohol está de por medio podrían calificarse de delitos imprudentes. la duda es si se cancelarian el 14 de febrero de 2013 o del 2014. Que opinais. Gracias.