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Delito de malversación de fondos

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Delito de malversación de fondos
27/08/2008 17:50
¿Se puede despenalizar el deltito de malversación. Tal como está tipificado en el código penal peruano?
Teniendo en cuenta el principio de INTERVENCION MINIMA del Derecho penal, asi como el principio de "ÚLTIMA RATIO", subsidiariedad?
Anexo:
Art. 389° Cod. penal peruano.
El funcionario o servidor público que da al dinero o bienes que administra una aplicación definitiva diferente de aquella a los que estaán destinados, afectando el servicio o la función encomendada, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
Si el dinero o bienes que administra corresponde a programas de apoyo social, dedesarrollo o asistenciales, afectando el servicio o la función encomendada, la pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de ocho años.