Si me lo permiten realizare varias preguntas en una sola intervencion:
Comencemos:
1º.- Delito de Lesiones. ¿Publico o semipublico? Se require denuncia de parte o se puede obrar de oficio.
2º.- Lectura de derechos como detenido de un menor.-
¿Siempre con arreglo a los padres o tutores en su presencia? o por circunstancias (los padres no se personan) ¿Se le podria hacer de igual manera la lectura de sus derechos?
3º.-Manifestacion sin presencia de letrado. (Como detenido) ¿Se incurre por parte del instructor o simplemente no tendria validez?
Hablamos de que desea manifestar sin estar su abogado presente.
4º.- Transcurrida 08 horas de poner en conocimiento la detencion de un individuo, no se persona su letrado. ¿Se le podria tomar manifestacion sin estar presente su letrado?
5º.- Las Faltas penales son perseguibles a instancias de parte o se puede actuar de oficio.
2. En presencia de letrado, que asumiría función tutora.
3. Validez a efecto de prueba = 0
4. Yo entiendo que no... lo que he visto hacer es llamar a otro letrado del turno.... si se acercara el plazo de las 72 horas entiendo que debería ser puesto a disposición judicial.
5. Según cuales... creo que son injurias y amenazas a instancias de parte y el resto de oficio (puede que me deje alguna, pero son las más corrientes)