las penas privativas de libertad, se pueden sustituir en determinadas condiciones por penas de dias multa (si ese es el caso) el incumplimiento de la pena puede producir otros delitos u en su caso que se pase la pena a pena privativa de libertad.
Entiendo que ha sido condenada a multa en un juicio de faltas.- Por regla general, si es cierta su insolvencia, cumplirá un día de arresto por cada dos cuotas de multa.- Lo que es la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, vaya.-
(preferible pagar, la cuota será ajustada seguramente a sus ingresos económicos).-
No obstante dado que la multa será pequeñita, el tiempo de arresto-prisión también lo será, por lo que fácilmente obtendrá la suspensión del arresto.