Un empresario ha construido una casa para uso particular por unos 60.000 €, pero la factura la ha solicitado a nombre de su empresa para desgravar el IVA. Por otro lado, el arquitecto ha certificado que el coste de ejecución de la casa ha sido la mitad del real, para abonar menos al Ayuntamiento en concepto de Impuesto municipal de Obras (ICIO). ¿Qué delito se habrían cometido y que prescripción tendrían?