El pacto con el fiscal no conllevará a una condena menor de la minima que pueda ser enjuiciada.Es decir, si es un delito continuado de falsedad el mínimo será de 1 año y nueve meses de prision mas multa, y de ahí no podrá bajarse mas por mucho que se pacte con fiscal.
Por otro lado entiendo el caso como un delito continuado de falsedad documental en concurso medial con continuado de estafa.Habria que analizar agravantes y/o atenuantes para tener una idea de la condena a imponer.Salvo mejor criterio.¿Algún forero mas experimentado que de su opinion?
Muchas gracias pulsaciones
Entendido perfectamente, esperemos a pactar con el fiscal y que la condena sea menor de dos años para evitar
¿Has pactado alguna vez con fiscal?
Sebastian21, no se puede confundir la conformidad contemplada en el artículo 779.5 de la LECr que hace referencia a la pena del 801 o sea penas solicitadas inferiores a 3 años de prisión convocará a las partes personadas y al MF para que formulen escrito de acusación, lo que se conoce como diligencia urgentes (Juicios Rápidos). Aquí es donde único opera la rebaja en 1/3 en las demás conformidades no.
Está la conformidad del artículo 784.3, que te remite al 787 que es el caso para la conformidad antes de iniciarse la práctica de la prueba siempre que se conforme con el escrito que contenga la pena de mayor gravedad, esta conformidad está sujeta a la legalidad y a la supervisión del abogado del imputado, hay que sopesar si existen armas para combatir en juicio y obtener una pena menor que la más grave que pide las acusaciones o resulta más prudente conformarse con la solicitada por la acusación.
Espero que ahora al menos esto lo entiendas, esto si es una cosa que creo tener más clara. Un saludo y suerte.
Muchísimas gracias pulsaciones
Solo comentar que la falsedad documental creo q también esta penada de seis meses a tres años ¿No?
La respuesta sobre conformidad con el fiscal antes del juicio oral no la he entendido muy bien.Mi pregunta iba referida sobre en cuanto puede rebajarse la pena solicitada por fiscal si se llega a una conformidad con él,reconociendo los hechos.
El delito es continuado sobre la misma persona en dos documentos diferentes.gracias de antemano
Las diligencias previas se abren por un delito de falsedad que es el objeto de la denuncia del colegio profesional, el denunciado acudirá a declarar, una vez el colegio se haya ratificado en su denuncia, según mi lógica debe ser así, la falsedad por supuesto que viene de un título (documento público que dice y no tiene el infractor), la falsedad tiene una parábola de pena entre los 3 y los seis años.
En la investigación puede salir a relucir los perjudicados del actuar del denunciado, donde puede aparecer a relucir tu preocupación la estafa que está penada con una parábola de seis meses a tres años de prisión.
En cuanto a la posibilidad de defender al acusado con conformidad del Fiscal es una cosa que yo con mis escasos conocimientos jurídicos veo muy poco probable porque son delitos perseguibles de oficio, lo único es que la persona como está resarcida no le interesa denunciar y si no sale a relucir pues en boca cerrada no entran moscas, pero ten en cuenta que el que falsea algo lo hace con un propósito, pero es saber o que hayan existido más víctimas, o que se empeñen solo porque ha falseado un título, si no aparecen víctimas al final es por el único delito que le podrán condenar porque solo hay un ilícito, pero si se descubre una falsedad hay un concurso ideal o medial de hechos, esta figura la puedes ver en el artículo 77 del CP, pero veo el post que hablas de delito continuado, entonces quiere decir que hay más víctimas, o que una misma víctima fue atacada más de una vez, entonces son cosas muy distintas, el delito continuado lo tienes en el artículo 74 del CP, y siempre recuerda que esta es la óptica de un aprendiz, quizás te he mareado la perdí más, pero de seguro aparecerá alguien con más rodamiento que yo y nos lo deje más claro.
Muchas gracias Jacobapa
¿Existe alguna posibilidad de defender al imputado para que no se considere delito de estafa y quede solamente en el de falsedad vertido en la denuncia?
¿Con conformidad con fiscal de que condena podríamos estar hablando?
Gracias de nuevo
Entiendo que el fiscal acusará de delito de falsedad como medio para cometer otro delito de estafa.la peticion de pena vendrá fundada según los hechos, agravante por abuso de relacion profesional y atenuante por reparación del daño al devolver el dinero.Seria difícil aproximar una peticion de pena, aunque viendo el tipo de delito cabría suponer una condena de menos de dos años y multa.Salvo mejor opinión
Muchas gracias a los dos
El colegio denuncia pero no es acusacion particular,con lo que será el MF quien solicite la condena y el juez decidirá.
¿Que condena podría pedir el fiscal para este delito continuado de falsedad y estafa?¿Cabe el concurso real?.La cifra pagada y devuelta al particular es de 2000 €
Gracias nuevamente
Sí Jacobapa tienes toda la razón, pero quizas mi óptica estaba dada desde el empecinamiento de Sebastian de si al que le devolvieron el dinero podía denunciar, y el derecho a denunciar no se lo veo limitado a la persona que dice Sebastian, y para que el colegio de arqutitectos cite a la persona que se refiere Sebastian, porque el MF no lo considera un testigo potencial, o porque desconoce de su existencia, porque la falsificación fue descubierta en otra situación y con esa situación es suficiente para condenar, yo lo que veía era en su empecinamiento de que la otra persona denunciara además del MF pero por delito distinto, aunque no sé si la he liado más.
Discrepo pulsaciones
Entiendo que el MF en diligencias previas investigará el caso,llamando a testigos entre los cuales estará el perjudicado y el colegio.Tras las diligencias en el escrito de acusación podrá especificarse la estafa si se considera que la ha habido.¿En la denuncia se presenta el colegio como acusación particular?.
A ver Sebastian 21 hasta donde tengo entendido el perjudicado es quien tiene que denunciar, si el perjudicado quiere poner en conocimiento del MF que existió una estafa en su momento por este individuo que ahora se encuentra incurso en una causa penal por un presunto delito de falsedad documental, el juez valorará sobre esta acusación, porque el Juez no es adivino a no ser que venga a colación como prueba que quiera aportar el colegio de arquitectos el derecho no es una cuenta de que 2 más 2 son 4, el derecho son muchos caminos que tiende a concurrir en una meta la justicia más justa para el justiciable, así que si la persona afectada por la estafa quiere ponerlo en conocimiento del juzgado que haga una denuncia siempre jugando con la posibilidad de prescripción del delito que para esto creo que está en el artículo 131 del CP, no creo te lo corroboro acabo de mirarlo. un saludo y suerte.
Gracias pulsaciones por tu aclaración
Si el perjudicado no denuncia,¿Puede hacerlo el fiscal entendiendo que existe ese delito también?¿O solo acusa sobre la denuncia presentada de falsedad ?...gracias de nuevo
El perjudicado puede denunciar por el delito de estafa, es más si sabe el número de Diligencias Previas que tiene abierta por la denuncia de falsedad documental, pues hace referencia en el Juzgado por si se puede acumular por lo del ahorro procesal y por la posible relación.
Ahora ten en cuenta que le van a balancear la atenuante de reparación del daño, en dependencia si lo hizo antes de saber de la denuncia del colegio de arquitectos, (o sea que devolvió el dinero al afectado) pues es de cajón que se la concederán, si lo hizo después pues ya el abogado tendrá que currársela más porque es lo que se conoce como reparación tardía o algo parecido. Un saludo.
A ver si me explico mejor.
Ingeniero presenta el certificado falso a la propiedad y cobra por ello.A los cinco meses el colegio oficial interpone denuncia en juzgado de instrucción por falsedad en documento publico contra el ingeniero porque ha detectado un documento con sello falso de su entidad.El ingeniero devuelve el importe al cliente y este ultimo no denuncia pues sabe que ya lo ha hecho el colegio.De ahí mi pregunta si el fiscal tras esa denuncia puede añadir el delito de estafa además del de falsedad.espero que se entienda.gracias pulsaciones
Pero al menos debe haber una relación causal entre el certificado falseado, y la denuncia que presenta el colegio oficial por falsedad documental, al menos desde mi humilde punto de vista das muy pocas pistas sobre las que se pueda hacer al menos elucubraciones.
Hola a todos,a ver que opináis sobre esto??
Ingeniero que falsea certificado de instalación para un particular, cobra por ello,y al tiempo es denunciado por colegio oficial por falsedad documental.El particular no denuncia los hechos .¿Podría el juez o fiscal considerar también el delito de estafa siendo la denuncia solo por falsedad?.¿Algún caso parecido?.gracias de antemano