Recientemente un conocido me ha pedido que le lleve un tema y me gustaría haceros una serie de preguntas, ya que no es mi especialidad y jamás he llevado un procedimiento de este tipo, ni semejante, por lo que ando un poco perdido.
Se trata de un procedimiento por la supuesta comisión de un delito de atentado contra policías nacionales. Por este motivo pasó 48 horas en los calabozos de la comisaría, junto con otros 5 amigos suyos, investigados también por el mismo motivo. Tras su detención, se les asignó un abogado y un procurador de oficio, pero él ha preferido dejarlo en mis manos. Una vez que prestaron declaración ante el Juzgado de Instrucción correspondiente, este dictó un Auto, por el cual se decreta su LIBERTAD PROVISIONAL SIN FIANZA, con la sola obligación APUD ACTA de comparecer ante los Juzgados los días que se le indiquen. Cabiendo frente a dicha resolución RECURSO DE REFORMA y subsidiario de APELACION en un plazo de 3 días, o bien, RECURSO DE APELACION DIRECTO en un plazo de 5 días.
Lo que he pensado es pedirle la venia al abogado del turno y seguir con el mismo procurador, evitándole así los gastos de procurador a mi cliente. Después de eso, personarme en el Juzgado con el interesado para realizar un apud acta, designandome a mi como su letrado en el procedimiento y de esta forma ya realizar las futuras actuaciones que correspondan en su nombre.
Tras todo lo anteriormente expuesto, agradecería que en la medida de lo posible me indicaseis los pasos a seguir, así como recomendaciones a tener en cuenta.