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Delito de agresión.

7 Comentarios
 
perfil dp
30/08/2005 20:20
Señor interpelante, yo no soy nadie para disculpar a nadie de nada, pero en este foro la inmensa mayoría de los intervinientes dejamos el lenguaje callejero para la calle porque si todos usáramos ese tipo de expresiones volveríamos a los tiempos del lejano oeste, y si uno quiere ser mínimamente respetado lo primero que debe hacer es demostrar ese mismo respeto al resto.
Respecto a sus cuestiones:
- Si usted denuncia al VS (vigilante de seguridad habilitado legalmente, lo expreso así pues hay mucho intrusismo en esa profesión) no necesariamente se van a ver las 2 denuncias en el mismo proceso. Además tenga presente que el hecho de denunciarse recíprocamente no significa necesariamente que los tribunales tengan que optar por condenar a una parte absolviendo a la otra, sino que pueden ser condenados los dos, o absueltos. O uno condenado y el otro absuelto y viceversa.
- Las diligencias judiciales se pueden averiguar de esta forma. Se persona en la sede de los juzgados de instrucción de su localidad y se dirige a informática judicial. Con su DNI pide que le digan si está imputado en alguna causa penal y que le comuniquen, en tal caso, el nº de diligencias previas
y el juzgado que las tramita. Tras esto, se dirige a dicho juzgado y pide que le digan qué delito se le imputa, quién es el querellante / denunciante (esto si se lo dicen) y el nombre del abogado que le asistió en su declaración en comisaría (vd. preguntó cómo podía contactar con él) y pregunta si le dejan mirar el expediente (eso será una lotería ya que cada juzgado es un mundo).
A partir de ahí consulte con un abogado de su confianza sobre todas las dudas que le surjan, él mejor que nadie se las solventará con conocimiento de causa.
Y tenga cuidado con eso de "la estratagema", que la gente no es idiota aunque uno siempre se crea que lo es.
Saludos. Siempre salvo mejor opinión.





30/08/2005 20:15
Las disculpas digo...
30/08/2005 18:40
Pidelas en la discoteca. :)
30/08/2005 18:19
En primer lugar, agradecerle a DP su respuesta.

A continuación un par de apuntes:

- Efectivamente todas las profesiones son dignas, y si he podido ofender a algún vigilante jurado que entre en este foro pedirle mis disculpas y asegurales que no he pretendido ofenderle sino que me he expresado con un lenguaje callejero.

- Cuando pregunto si debo denunciarle, me refiero a que si para que se juzgue su agresión hacia mi debo denunciarle o en un único juicio se tendrán en cuenta todas las situaciones, pudiendo tanto él como nosotros ser sancionados.

- ¿Donde puedo encontrar las diligencias judiciales?

Por último comentar, que está claro que debimos habernos comportado de una forma más sosegada pero estabamos bebidos, lo cual también es un atenuante, a pesar de que no esté de acuerdo con ello, pués cada uno debe ser responsable de lo que hace aunque halla bebido, pues utilizaré esta estratagema.

Muchas gracias.
perfil dp
30/08/2005 15:07
A sus preguntas:
- Vd sabrá si denunciar o no al vigilante de seguridad (que no "segurata")
- puede obtener sus datos a través de las diligencias judiciales si es una falta. En caso contrario muy probablemente le insten a nombrar abogado pues hay juzgados de instrucción que no muestran diligencias al inculpado sino a su abogado, y como vd. no lo tiene actualmente deberá nombrarlo (cada juzgado es un mundo). También puede probar en el colegio de abogados.
- Tiene importancia todo el hecho. El "dar primero" puede ser relevante o no en base a si hubo provocación, alevosía, etc. Por ejemplo, dar primero no justifica que el que recibe pueda enviarlo a la UVI.
- Se refiere vd. a pts? Pues depende. Pero tenga presente que según el tipo penal del que sea acusado lo de menos será el motante económico que le suponga ya que puede ser condenado a una pena de prisión (cómo se mide en pts. un día de libertad?), o a una inhabilitación profesional (depende del tipo de trabajo que desarrolle), etc.
- El abogado de oficio hay que pagarlo. Por supuesto. El estado sólo sufraga los gastos respecto de personas que acrediten insuficiencia de recursos para litigar, ser defendido, etc. Si vd. tiene medios económicos suficientes debe abonar esa asistencia, si no lo hace se la reclamarán por otra vía más expeditiva. En su caso le nombraron abogado "de oficio" puesto que no nombró ninguno y vd. necesitaba ser defendido, es decir, que un letrado defendiera sus intereses jurídicos en atención a su situación de detenido (para prestar declaración, constatar lectura derechos, etc.).

Señor mío, otra vez sea vd. más paciente y sosegado. Los vigilantes de seguridad habilitados legalmente (no "seguratas", pues todas las profesiones se merecen un mínimo respeto) tienen una función reconocida en la ley y en su mayoría son gente honesta. Además, cuando se encuentran SOLOS en la puerta de una discoteca o locales similares no suelen ser tan inconscientes como para agredir a las primeras de cambio a un pequeño grupo de clientes, básicamente por las negativas consecuencias físicas que puede entrañarles. Aunque hay de todo, como lo hay entre los clientes de dichos establecimientos, es decir, clientes amables, pesados, borrachos, chulillos, honrados, machotes, educados, fanfarrones, muy valientes cuando son varios y se enfrentan contra uno, sanos, etc.



30/08/2005 00:37
A ver si hay suerte y sales bien enganchadito...se te ve el plumero..
29/08/2005 21:51
segurata???
eso no te lo crees ni tú. broncas.
Delito de agresión.
29/08/2005 18:23
Este sabado, despues de una discusión con un segurata de una discoteca, el mismo me agredió a lo que yo intenté responder y mi amigo intentó separanos, como él no podía separarnos pues prefirió unirse a la pelea y entre los dos le dimos una buena tunda al segurata. Más tarde nos detuvo la Policia Autonómica Vasca y nos llevó al calabozo, allí nos ficharon y nos leyeron nuestros derechos, además se nos informó de que estabamos acusados de agresión, y conocimos a nuestro abogado de oficio, el cual me comunicó que el día del juicio llevará el informe del forense (que yo había solicitado). En principio no hay testigos (la única persona llegó una vez iniciada la pelea).
Cuando salí del calabozo le pregunté al guardia por la persona "agredida" y me dijo "no estará muy mal, sino no os habrían soltado, será un delito de faltas" Mis dudas son las siguientes:

- Debería denunciar yo también al segurata?
- Como puedo ponerme en contacta con mi abogado de oficio?
- Tiene importancia quien pega el primer mandoble?
- Por cuanto nos puede salir? Teniendo en cuenta que estaba consciente cuando le dejamos, yo creo que unicamente tendrá moratones, que llevabamos una manga del horror.
- El abogado de oficio hay que pagarlo? Teniendo en cuenta que ambos tenemos un sueldo decente (23000 € brutos al año).

Muchas gracias