Hola a ver si alguien me pudiese explicar que criterios se siguen para distinguir entre una estafa continuada o una estafa agravada por delito masa. Se que es cuando el delito afecta a una generalidad de personas y reviste notoria gravedad. ¿pero cuando se considera generalidad de personas? y a partir de que cantidad de considera de notoria gravedad? Gracias
El delito continuado es dos o mas acciones homogeneas realizadas en distinto tiempo, pero en analogas ocasiones, que infringen la misma norma juridica o normas de igual o semejante naturaleza. Todas as acciones se vaoraran juntas como un solo delito
El delito masa es cuando existe una puralidad de sujetos indiferenciados, personas anonimas, pubico en genera, estimandose entonces un soo deito por el importe gobal de o defraudado.
No se aplica cuando la circunstancia se haya previsto para un delito especifico, por ejemplo el grave perjuicio en la estafa
Para terminar apuntar que la figura del delito masa surgio porque antes el delito continuado solo se podia aplicar cuando el sujeto pasivo era el mismo, algo que ha desaparecido en el codigo penal actual
hola Maicavasco gracias por la aclaracion. No acabo de entenderlo pero creo que por ejemplo ¿un numero de 20 afectados por una estafa a razon de 12.000 euros cada uno? entiendo que seria un delito continuado de estafa del tipo agravado 250.6 porque ninguna de las defraudaciones alcanza los 36.000 euros pero sumandolas todas si. Entiendo que la cantidad total no es de notoria importancia ¿estoy en lo cierto?
Si apreciamos el delito continuado wl valor de la defraudacion, a efectos de aplicar la agravante, seria el total defraudado, es decir los treinta y sei mil euros. La agravante tambien hace referencia a la sitacuon en la que se deje a la victima o a su familia
En la estafa si es a mas de 10 personas habliamos de delito masa(asi lo ve el tribunal supremo), para eso se creo, para que personas que estafan a 1.000 personas, (por ejemplo mediante llamadas a 902....) tuvieran penas mas duras, sin embargo si fueran a 5 personas y se les pilla, podriamos hablar de un delito continuado, por lo menos esta es mi interpretacion, aunque lo consultare.
hola ggj2009, no estoy deacuerdo contigo pienso que 10 personas no es una generalidad de personas y ademas tiene que cumplirse otra condicion que es que el perjuicio sea de notoria gravedad