Los delitos, por su naturaleza, se clasifican en comunes y políticos.
Son políticos los cometiddos con esa finalidad y vulnerando bienes jurídicos de ese tipo.
Hoy en día, la distinción no tiene sentido, ya que los únicos delitos que podríamos denominar "políticos" lo serían los de terrorismo, constitucionalmente excluidos de esta definición.
No sé si me he explicado. Salvo mejor criterio. Un saludo.