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Delegado Sindical

2 Comentarios
 
Delegado sindical
07/11/2011 17:58
Buenas Tardes,
Les hago participe de mi problema, por si hubiera alguien que me pudiera echar una mano.
Hará cuestion de un año, se convocaron elecciones sindicales en mi Ayto. Un compañero mio se presentó al puesto, saliendo como representante sindical del coletivo de funcionarios (30 trabajadores Aprox) tras la eleccion de las mismas, pues bien ha pasado el tiempo y aquí el amigo pasa olimpicamente del tema sindical, se concocan reuniones entre nosotros para pelear con el ayto. y resulta ser aliado ahora de los de arriba para su propio beneficio, por todo ésto y algo más, estamos pensando en realizar una revocacion en el cargo sindical poder elegir a uno de nosotros que realmente quiera y luche por nuestros derechos. Personalmente, pienso que nosotros los tenemos mejor porque hará cuestion de dos semanas, finalizó contrato por estar cubriendo la vacante de un compañero y claro, tras regresar éste, "El representante Sindical" se ha tenedio que ir a la calle, pero que sucede? que han vuelto a convocar una plaza para el trabajo y la ha ocupado él, pues bien, cuando ha regresado al trabajo y despues de haber estado una semana despedido, dice que el representante sindical sigue siendo él. Que opinais del asunto????? os agradeceria de corazon que opineis sobre el tema y si me podeis guiar sobre como debemos hacer y en que basarnos para poder quitarle del cargo, os lo agradeceria. un saludo
12/11/2011 19:29
En primer lugar, decir que si fuese un despido o una suspensión de cto si seguiría siendo el delegado, pero tratándose de una finalización de cto y una nueva contratación no debería de seguir siendo, lo que ocurre es que al tratarse de una semana nadie comunico a la autoridad laboral competente de dicha situación por lo que sigue siendo el delegado, aunque podéis consultarlo a ver que os dicen en el SMAC, pero por otra parte, podéis convocar asamblea de trabajadores para revocar al delegado (art 77 y ss ET), los promotores en la solicitud deberéis firmar al menos 10 es decir el 33% ya que sois 30 y el que debe presidir la misma es el pero debe acatar las normas y si no quiere reunirse porque es a él a quien queréis revocar comunicadlo en inspección de trabajo y el inspector obligará a la empresa a que lo realice de forma correcta, por otra parte y en otro post vi una situación similar en la que decía que no podían convocar asamblea porque los trabajadores eran trabajadores a turnos y no podían acudir todos a la vez a la asamblea, pues bien para este caso se pueden convocar asambleas parciales para que todos los trabajadores puedan acudir y votar, preciso es saber que se requiere mayoría absoluta pero del censo de la plantilla, no sólo de los asistentes a la misma para la destitución, observad el procedimiento según los art 77 ET y ss.
15/11/2011 22:48
Muchisimas Gracias por su comentario, me ha sido de gran utilidad e interes.