Que yo recuerde las horas sindicales con las que cuenta un delegado sindical son las mismas que corresponderían a un miembro del comité de empresa. Tienes que ver los que te correspondan por vuestro convenio sectorial o en su defecto lo que se disponga en el Estatuto de los Trabajadores. En ellas verás que las horas las exponen de manera mensual.
Sobre el aviso hay que actuar de manera lógica, es decir, para realizar un curso de formación este tipo de cosas la sabes con mucha antelación por lo que, mientras más pronto sepas las fechas del curso inmediatamente has de comunicarlo.
En cuanto a que la empresa "se niegue" porque exista exceso de trabajo, evidentemente si están en lo cierto deberías de buscar hacer el curso en fecha diferente aunque la última palabra (decisión) sea la tuya. En mi caso en particular y por estas misma razón de volumen de trabajo he cambiado fechas porque entiendo que es necesario hacerlo y porque al fin y al cabo todos somos empresa y estamos en el mismo barco.
Sopesa lo que más interese.
Me gustaría saber si un Delegado sindical de una empresa tiene derecho a asistir a cursos sindicales y de cuantas horas al año dispone para dicho fin, también me gustaría saber si tiene que avisar dentro de un plazo establecido a la empresa o si la empresa se puede negar alegando exceso de trabajo en la fecha solicitada. He buscado por internet pero no encuentro nada sobre derecho a cursos de los Delegados Sindicales. Gracias.