Gracias, mi pregunta es si ese vecino puede ahora interpner denuncia (por lo penal) pue a raíz de esa demanda civil (declaraciones) se descubrieron hechos delictivos que antes no eran de conocimiento de nadie, lógicamente los hechos descubiertos ahora narran de hace 3 años.
Mi duda, desde cuándo cuenta el tiempo para denunciar esos hechos, ¿desde que se cometieron o desde que realmente se tuvo conocimiento de ello?
Adriano, no existen denuncias civiles, son demandas. Y siempre se puede denunciar. En este caso habría base, asumiendo que lo que se ha descubierto afecta al familiar del demandante. Luego habrá que ver la prescripción.
Perdón, donde pone "no lo pudieron demostrar ni corroborar en el juicio" se refiere a que el Hospital no pudo demostrar que ese diagnóstico NO ES FALSO.
¿Se puede dar el siguiente caso? ¿sería legal y viable?
Un vecino pone una denuncia contra un hospuital (por lo civil) pues se considera que se ha cometido una negligencia con resultado de muerte en un familiar suyo.
3 años más tarde se celebra el juicio y le dan la razón, obligando al Hospital a indemnizarle, bien, pero durante las diligencias incoadas en esa denuncia se descubre que ciertos personajes partícipes en ese hospital cometieron negligencias médicas, desatención al paciente así como falsificación documental por parte del médico de medicina interna (se puso un diagnóstico falso, no lo pudieron demostrar ni corroborar en el juicio)
La sentencia es ahora mismo, firme.
Lógicamente se interpuso primero denuncia por lo civil (persona jurídica) contra el Hospital pues no estaba claro si hubo o no negligencia pero ahora con la sentencia y pruebas halladas, todo está más claro.
Mi pregunta es: ¿puede esa persona interponer denuncia o querella por lo penal habida cuenta de los nuevos casos descubiertos a raíz del proceso civil?