Por una parte pienso que cada cual puede opinar, satirizar y ridiculizar a quien quiera, eso forma parte de la libertad de expresión. Sin embargo, esta libertad no es un derecho ilimitado. ¿Es ofensiva la portada?. En mi opinión, si. ¿Ofende tanto como para constituir un delito de injurias?. No lo sé.
Felipe y Letizia son personajes públicos, pero cómo, dónde, cuándo y cómo practiquen sexo es algo que no nos importa. No sé cuál era la intención del humorista, y a mí realmente me parece más ofensivo el texto que el dibujo, pero unidos ambos, es cierto que la viñeta ofende. El fondo, -que la Familia Real no da palo al agua-, quedaría igual de claro sin necesidad de poner a la pareja "mirando pa Cuenca o pa Navia", como dicen por mi tierra.
Es decir, pienso que se puede hacer crítica y humor, pero respetando cierta parcela de intimidad. No porque los programas del corazón saquen los "trapos sucios" de la gente debemos acostumbrarnos y permitirlo. Estamos llegando a un punto en el que cualquiera puede salir en la tele a contar barbaridades sin que le pase nada.
No es censura, ni puritanismo, es respeto.
La medida del secuestro me parece una tontería y El Jueves ha salido ganando. No sé mucho de los delitos contra la Corona, pero pensaba que las injurias sólo se podían perseguir a instancia de parte. Supongo que este delito será distinto.
Esa es otra cosa que me ha hecho gracia; secuestran la publicación por la portada, y entonces todos los medios se permiten mostrar esa portada, incluida la televisión; vamos, que lo que se ha conseguido es que en lugar de ver la portada un millón o dos de ciudadanos, la vean 40 millones (extranjero aparte).
Evidentemente no he visto la foto, la han secuestrado. Me informaron mal, pero con mas razon, desprestigia a la Corona tan inocente postura? Es más, cabe el desprestigio de la Corona? tiene algún prestigio?
Ni siquiera es lo más grave que ha publicado el jueves en los últimos años en relación a la corona, por lo tanto me parece absurda y desproporcionada la reacción. Me temo que sea para despistar, o por ganas de figurar de algún fiscalillo y del magistrado que, lamentablemente, le sigue la corriente.
Sin embargo, el mensaje de lagunalegal me despierta una duda; o no ha visto la portada o está en una muy grave confusión: ESA NO ES LA POSICIÓN DEL MISIONERO, no jodamos!!
Las denominaciones que he encontrado son las siguientes:
"En casi todas las culturas a esta postura se le denomina con un nombre de animal. En China, "coito del tigre que salta"; en el norte de Africa, "cópula del caballo" y en Rusia "a la manera del cangrejo". Esta muy extendida en pueblos de la india y Africa."
Me parece que la unica posibilidad sería que se recondujese por el 491.2
Por considerar que la imagen perjudica la Corona.
Llegados a este punto, me pregunto;
¿Perjudica a la Corona que la gente piense que fornican en posicion de misionero?
¿o es simplemente por que la gente piense que fornican?Creo que nadie lo duda, trabajar, lo justo, pero fornicar, con mas o menos fortuna han demostrado que lo hacen..
Quizás fue que se le vieron los pechos a la Leti?
Me parece excesivo, el Jueves practica la sátira y cuando menos la Casa Real, que vive a costa de nosotros, chupa todo lo que puede y trabaja lo minimo debe estar sometida a esa satira.
El artículo sólo dice que el consorte o la consorte del Príncipe o Princesa de Asturias recibirá el mismo tratamiento y Dignidad (su Alteza Real), PERO NO DICE QUE SE CONVERTIRÁ EN ELLA, ES DECIR EN MIEMBRO DE LA REGENCIA. Al no poder aplicar la analogía en derecho penal, entonces hemos de concluir en un primer lugar que la Princesa de Asturias cae fuera de esta protección penal.
Comencemos a analizar con pormenores. El artículo 490, apartado 3, castiga al que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas.
Me surgen dos preguntas:
1º ¿Se puede considerar que la princesa Letizia está amparada por esta protección penal? Para el caso de que alguien contestara afirmativamente, bajo qué concepto.
2º La portada del jueves muestra a dos personas en posición sexual. ¿Se puede considerar que hacer el amor, por decirlo fino, está dentro de las funciones del Príncipe heredero de la Corona?
Para el caso de no interpretarse que la injuria se hubiera proferido en cuando al ejercicio de funciones o con motivo u ocasión de éstas, dado que el Príncipe Heredero no tiene como función calentarle el dormitorio a su esposa, me pregunto ¿No sería entonces mejor haber entrado a calificar por el artículo 491?
El artículo 491 castiga en su apartado 1: Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses.
2. Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.
La prensa hablaba de una pena de prisión de hasta dos años, lo que significa que han reconducido la cuestión por el 490. SIN EMBARGO, me parece que sería una interpretación de la legalidad, pues parece que la cosa se reconducirá por el 491, ya sea el apartado 1 o el apartado 2.
Luego, según el Real Decreto 1368/1987, 6 noviembre: Artículo 2: El heredero de la Corona tendrá desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, la Dignidad de Príncipe o Princesa de Asturias, así como los demás títulos vinculados tradicionalmente al Sucesor de la Corona y los honores que como tal le correspondan. Recibirá el tratamiento de Alteza Real. De igual Dignidad y tratamiento participará su consorte, recibiendo los honores que se establezcan en el ordenamiento jurídico.
Según este artículo, ¿podemos entender que la Princesa Letizia, que entonces es su Alteza Real, es miembro de la Regencia?
A mi me parece correctisima la medidad del Sr, Del Olmo.
Es evidente que todo secuestro conlleva publicidad para quien lo soporta, pero ese es un efecto colateral.
La libertad de expresion no significa el insulto, el mal gusto, la grosería y un largo etc (Tal es el caso de la caricatura del Jueves).
Por cierto, estos "Sres" del Jueves, arrojados pero cobardones. La has hecho ¡apechuga!. Cómo pueden decir ahora que no son los que son?.
Hola buenas tardes. Yo estoy en contra de la medida de "secuestro" que además de no ser efectiva actualmente lo que ha hecho es darle más publicidad. Si hay un delito o no, ya se decidirá pero, lo creo que no está justificado es la medida cautelar. Lo que no sé es si a la revista se le ha causado un perjuicio, o se le ha hecho la mejor campaña de publicidad: ahora resulta que a ewsa revista la conocen en medio mundo. Gracias y saludos.
Señoras, Señores. Todos se habrán enterado del secuestro de la portada del jueves y del auto del juez Juan del Olmo. Me gustaría escuchar opiniones al respecto. ¿Piensan ustedes que se ha cometido un delito de injurias a la Corona? ¿El Auto del Juez les parece proporcionado y conforme a derecho? Me pregunto: Si el día de mañana la sentencia fuera absolutoria ¿Quién va a correr con las pérdidas económicas de la editorial? Gracias por sus opiniones. Siempre tan audaces. Saludos.