mi hijo se ha comprado un piso yo le voy a dejar una parte para que lo acabe de pagar no es una donacion sino un dinero que le dejo para que me devuelva pero sin cobrarle intereses solo el dinero que le voy a dejar tengo entendido que lo tengo que pasar por hacienda mi pregunta es el dinero que mi hijo me va a ir devolviendo poco a poco como pueda a la hora de hacer la declaracion ese dinero costara como rendimiento o no espewro me respondais gracias
Tenéis que hacer un contrato privado en el que figure el dinero que le prestas a interés cero. Lo llevas a la Hacienda autonómica a Impuesto sobre Transmisiones, es gratis pero te echan un sello que te sirve para acreditar la fecha del contrato.
Las cantidades que te devuelva no son rendimiento ni renta ni nada parecido, o sea no tienes que incluirlas en tu declaración.
De acuerdo con Juan S. Se puede hacer un contrato privado de préstamo entre familiares, que está exento de impuestos; hay que registrarlo (es gratuito) en la oficina liquidadora del ITP rellenando el impreso correspondiente. En ese contrato, sin intereses, debe constar cómo se devolverá el dinero y el plazo. Esto es para evitar que Hacienda pueda considerar que se trata de una donación; por ello, no conviene que el plazo sea demasiado grande. La devolución pueden hacerla los hijos mediante ingreso bancario (cada tres o seis meses para minorar el papeleo) en la cuenta del padre para el caso de una hipotética –creo que es una remota posibilidad– inspección de Hacienda.
Del contrato de préstamo se hacen tres ejemplares: una para cada uno de los contratantes y el tercero para Hacienda. Un modelo de contrato puede verse en:
http://www1.euskadi.net/guiaconsumo/curso_vivienda/pdf_es/Prestamo_entre_particulares.pdf
Complemento lo dicho por rtrevilla: El contrato privado de préstamo entre familiares está exento de impuestos; hay que registrarlo (es gratuito) en la oficina liquidadora del ITP en la Consejería de Hacienda Autonómica (o en el Registro de la Propiedad, en poblaciones pequeñas), rellenando el impreso correspondiente (Modelo 600) y marcando la casilla de “Exento”.
Efectivamente es así como se hace. Pero yo quería saber si hay que llevar el impreso rellenado y registrarlo solo en la oficina liquidadora de hacienda de la comunidad del hijo, que recibe el préstamo?? o también en la comunidad de los padres ( si es otra) que hacen el préstamo?? porque si en la de los padres no se registra...¿Puede que hacienda les cobre unos intereses por los ingresos recibidos cada mes de este préstamo? (aunque se haya puesto en el documento que es a tipo 0%) muchas gracias
tienes que llevar los impresos que te dan en hacienda rellenarlos y los tienes que llevar con el contrato privado que hagais en el contrato privado tienes que poner cero intereses a si me lo han explicado en hacienda