Como propietario en una comunidad, tiene la obligación, guste o no, de abrir la puerta de su piso si aparecen esas malditas humedades que todo lo arruinan. Y ojo, que negarse, no es cualquier cosa, no. Porque, en primer lugar, va a ser responsable de los daños que esas manchas grises y pegajosas sigan causando. Y, si esto le parece poca faena, la comunidad podría meterse en pleitos, algo que, como ya sabe, no sale barato ni rápido. Hasta puede que un juez decida que su piso necesita una inspección, le guste a usted o no, y autorice a entrar en su propia casa sin pedirle permiso. ¿Suena simpático? Pues eso.
La comunidad, eso sí, no puede imponerle multas por su cuenta, pero no se engañe: los caminos legales están a su disposición, y si el tema es urgente, le entrarán en casa por la vía judicial. Mejor evitarse el mal trago, cooperar, dejar que revisen los dichosos desperfectos y, si me permite un consejo, estar presente mientras lo hacen. Además, eso de colaborar le hará ganar puntos entre los vecinos, conservará su propiedad en condiciones y, de paso, se ahorrará más disgustos con las dichosas humedades.
Porque lo indica la LPH
ARticulo 9 c,d
c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras,
las actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.
d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.
Me llamo la gestoria que lleva la comunidad del edificio
para mirar una humedad de un piso de un vecino. Y si no dejo pasar que me puede pasar en el peor de los casos?
Muchas gracias.