Quiero dejar el piso que tengo arrendado, por motivos económicos ya no puedo hacer frente a el. El caso es que es un contrato tipo de un año renovable hasta cinco años. Ya ha pasado un año y dos meses, ¿cómo debo preceder para que no me penalicen con ninguna mensualidad, puesto que dejé cinco meses de depósito?. Agradecería una respuesta rápida. Muchas gracias
Hola neula. Habría que examinar el contrato para ver si en el mismo se pactó indemnización a favor del arrendador en caso de desestimiento por el arrendatario antes de la conclusión del plazo pactado o de sus prórrogas.
También habría que examinar el contenido de la clausula del depósito de 5 mensualidades de renta para ver si en ella se hace referencia al desestimiento.
Sin despejar las incógnitas que he expuesto,lo normal es que si usted preavisara a su arrendador con al menos 1 mes de antelación a aquel en el que abandonará vivienda y le permite durante ese tiempo que enseñe el piso para volver a arrendarlo,la penalización sería de 1 mes de renta(hablo para el caso de llegar a Juicio).
Le recomiendo que acuda a un/a profesional de la abogacía quien,una vez examinado el contrato,le asesorará sobre la opciones existentes.