Buenas tardes, tengo una vivienda desde hace mas de 9 años con licencia de obra y escritura de obra nueva y he solicitado la cédula de habitabilidad para poder formalizar todo.
Ha venido el técnico de urbanismo y ha abierto un expediente reclamando se se subsanen las deficiencias en las cuales se encuentran ampliaciones en diferentes plantas de 10 m2 y 12m2 en un hueco de trastero que he abierto y alguna escalera que carece de protección.
Puedo legalizar eso metros construidos de más? y que sancion tengo?
Tengo que llevar fotos a urbanismo con la barandilla de la escalera o vuelven a visitar la vivienda?
lo lógico es que le hubieran pedido el certificado final de obra. Usted no lo menciona y desconocemos qué documentación presentó para solicitar la cédula de habitabilidad
Lo lógico es que le pidan planos del estado final de obra, suponiendo que el estado actual es el de final de obra.
En teoría, para los cambios debiera de haberse solicitado licencia, aunque no suele hacerse en los cambios no sustanciales (los que no aumentan la dimensión de la construcción y urbanísticamente son irrelevantes).
Si los cambios se han producido después de haberse finalizado las obras (supongamos que después de emitido el certificado final de obra), le pedirán un proyecto de legalización de esas modificaciones, y no habrá problema si son legalizables. En otro caso, habrá que poner todo en condición de legalidad.
Y sí, lo claramente probable es que el técnico municipal vuelva, para ver con sus ojos que se han subsanado las deficiencias
El certificado final de obra esta presentado, pero no he presentado planos de como esta actualmente.
Algunos cambios si aumentan el volumen permitido aunque sean pequeños, por eso pregunto si se pueden legalizar de alguna forma ya que tienen mas de 6 años construidos y no figura ninguna denuncia o van a aplicar una sanción con orden de derribo?
pues depende, nunca se sabe
si esas ampliaciones son anteriores a la fecha del certificado final de obra, lo normal es que no haya sanción, que se considere que se ha hecho según indicaciones del arquitecto y en consecuencia exijan su justificación. De no ser legalizables, ordenarán demolerlas
Si las obras son posteriores a la emisión del certificado final de obra, pedirán legalizarlas si es posible, con proyecto, o demolerlas si son ilegalizables ... pero quizá no sancionen
El asunto fundamental en cuanto a la legalización no es, en todo caso, si hay más o menos obra construida respecto al proyecto, sino fundamentalmente si lo construido se adapta o no a la legalidad urbanística
Lo que planteas de prescripción de plazo para abrir expediente disciplinario, creo que no tiene posibilidades de salir adelante, ya que a efectos del ayuntamiento, no sin algo de razón, suponían que la casa estaba en obras en tanto no presentas el certificado final de obra.
Distinto sería que hubieras presentado ese certificado hace más de seis años
no sé, quizá no pase nada si en los próximos seis años tú no vuelves allí a ver qué pasa con esa cédula de habitabilidad
El certificado de final de obra lo presente en el ayuntamiento después de que me reclamaran el ibi como vivienda para demostrar el final de obra y así pagar desde que finalizo la obra como vivienda y no desde que compre el terreno que aun no estaba construida la casa y así pagar el ibi correspondiente como terreno.
Si me puedes dar algún consejo de como presento esas ampliaciones que son exceso de m2 del % permitido construido para legalizarlas si fuera posible, certificado del arquitecto diciendo que son posteriores al certificado final de obra, aportando planos,fotos y factura de obra , o lo presento dentro de la licencia de obra de la casa, o no presento nada?
depende del ayuntamiento
lo normal es que los ayuntamientos no pongan demasiados medios para perseguir "asuntos menores", tan normal como que el informe del técnico municipal, tras visita a obra, recoja las irregularidades y exija su subsanación
Desde que solicite en Mayo la indemnizacion sustitutoria y aporte fotos reflejando las deficiencias que he subsanado y argumentando las que no como una pergola que es con toldo corredero y ademas desmontable, tambien la puerta del garaje que la subi en la rampa 2 metros para ganarle mas espacio al garaje sin añadir ningun cambio estructural.
No he recibido respuesta y solicite cita con el tecnico y me dijo ayer que el trastero bajo cubierta lo considera falta leve y le enseño una foto donde lo he tabicado,me dice desmonte la pergola y mas adelante la vuelva a montar, que la puerta de garaje que la coloque según planos y que le lleve las fotos lo antes posible , que lo demás seguramente tendré que derribarlo.
Que hago? Desmonto la pergola y retranqueo la puerta de garage que tendria ademas que modificar el tamaño
No deberían haberme contestado por escrito falta solo una semana para 6 meses?
Desde que solicite en Mayo la indemnizacion sustitutoria y aporte fotos reflejando las deficiencias que he subsanado y argumentando las que no como una pergola que es con toldo corredero y ademas desmontable, tambien la puerta del garaje que la subi en la rampa 2 metros para ganarle mas espacio al garaje sin añadir ningun cambio estructural.
No he recibido respuesta y solicite cita con el tecnico y me dijo ayer que el trastero bajo cubierta lo considera falta leve y le enseño una foto donde lo he tabicado,me dice desmonte la pergola y mas adelante la vuelva a montar, que la puerta de garaje que la coloque según planos y que le lleve las fotos lo antes posible , que lo demás metros seguramente tendré que derribarlo.
Que hago? Desmonto la pergola y retranqueo la puerta de garage que tendria ademas que modificar el tamaño
No deberían haberme contestado por escrito falta solo una semana para 6 meses?