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Defensa de un delito de hurto.

8 Comentarios
 
Defensa de un delito de hurto.
18/11/2008 11:52
Tengo que realizar el informe de conclusiones finales como defensa de una pareja, chico y chica, que son toxicómanos (atenuante). La chico pidió ver móviles a la dependienta mientas el chico merodeaba por la tienda, sustrayéndolos según la dependienta.
Sustrajeron dos teléfonos móviles, fueron identificados por la dependienta entre las fotografías de las personas fichadas por la policía. Fueron detenidas y lo negaron todo, el chico llevaba encima uno de los móviles sustraídos pero alegó en todo momento que se lo compró a un amigo, por lo que no tiene factura, lógicamente. El Juez instructor nombró como perito tasador a un vendedor comercial de servicios de telefonía móvil, y tasó los dos móviles en 541 euros. El Ministerio Fiscal, en el escrito de acusación, pide una pena de un año de prisión y la pena de suspensión de sugragio pasivo, los acusa en concepto de autores de un delito de hurto del art.235 C.P.. Como prueba propuso el testimonio de los acusados, de la dependienta y de la titular de la tienda; y, la documental del informe pericial emitido. Como defensa mantuve la impugnación del informe pericial de tasación y que se considere falta de hurto y no delito, pero en las conclusiones no sé a qué jurisprudencia acudir ni como argumentar todo esto. Me podéis ayudar, necesito vuestras opiniones.
perfil Rus
18/11/2008 12:56
¿no sabes cuál era el precio de venta de los móviles?. Ahora en conclusiones, complicado cambiar la calificación, a no ser que la pericial no se corresponda con la realidad.
perfil Rus
18/11/2008 12:57
¿no sabes cuál era el precio de venta de los móviles?. Ahora en conclusiones, complicado cambiar la calificación, a no ser que la pericial no se corresponda con la realidad.
19/11/2008 14:30
El perito tasó los dos móviles en 571 euros. El Juez aceptó la documental consistente en esta tasación.
perfil Rus
19/11/2008 16:19
ya, pero si los móviles se supone que se los llevaron de una tienda, tendrían un precio de venta. Si impugnaste esa pericial sería porque el precio de venta era inferior, ¿no?. En conclusiones no puedes meter ninguna prueba, pero en apelación sí podrías justificar que el valor no era el calculado por el perito.
20/11/2008 11:43
El art. 365 LECrim. dice que hay que tener en cuenta el precio de venta al público y no el precio de coste, por lo tanto se trataría de un delito de hurto. Quiero llevar la defensa más al terreno de que la dependienta no cerró la vitrina con llave, y que son toxicómanos, que fueron circunstancias que propiciaron el hurto. Primero negamos la autoría y luego pedimos que se cambiase la calificación, que no lo considerasen delito sino falta, pero la cuestión es que al decir la LECrim. que hay que tener en cuenta el precio de venta al público y no el de coste, tengo el asunto bien difícil y para colmo soy novata y es la primera vez que actúo en un juicio.
perfil Rus
20/11/2008 12:38
no me aclaro. ¿en base a qué impugnas el informe pericial?. Supongo que porque valora los móviles en un precio superior al de venta al público en ese establecimiento.

Si quieres que tengan en cuenta la toxicomanía, debes acompañar informes médicos y de algún centro, aunque si no tienen antecedentes, se suspenderá igual la ejecución.
21/11/2008 21:09
Impugno la pericial porque el perito no ha comparecido a ratificarse en el juicio oral. Aparte por qué se le acusa del hurto de dos móviles si solamente se le encontró uno encima. En el juicio la dependienta no fue ni siquiera capaz de reconocerlos con seguridad. Qué opinas de esto, sé que lo tengo crudo pero hay que defenderlos y salir un poco airosa.
22/11/2008 19:22
¿Alguién me puede ayudar a comenzar unas conclusiones finales?, me refiero a cómo debo de comenzar a exponerlas, os agradecería mucho que me dieséis alguna pista.