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Defensa ante posible expediente sancionador

3 Comentarios
 
05/10/2009 13:39
Hola Cordobana,

No se puede sancionar a nadie por una mera denuncia. Una denuncia es, en su caso, una de las maneras de iniciar un procedimiento sancionador, es decir, para imponerte una sanción debe mediar un procedimiento sancionador de por medio, con su instructor, su fase de alegaciones, de pruebas, etc. Entiendo que la denuncia puede dar paso a una inspección, pero las consecuencias de esa inspección ya no se pueden determinar a ciencia cierta (si van a dar paso a la incoación de un expediente o no). Entiendo que si te denuncia un tercero es más fácil defenderse, por ejemplo con la factura de la que hablas, pero si te denuncia la propia academia, pues la cosa estaría más complicada. Tu defensa: tu contrato, tu factura, tus rentas, tus testigos y creo que poco más. Aun así te pueden incoar expediente y si te sancionan tras el expediente tendrías que ir a los tribunales.

Espero que te sirva.

Un saludo.
02/10/2009 22:33
Gracias Acritón. La autorización (su denegación mejor dicho) se fundamenta precisamente en que excede de 75 horas anuales, máximo permitido según el Real decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la administración del estado y de la seguridad social, artículo 17.2.
Por todo ello me temo que no tengo mucho que hacer, salvo recurrirla alegando que una cosa es la exclusividad hacia la Administración y otra la esclavitud (¿debo estar 24 horas al servicio de la Admón?) y defenderme de las denuncias en el caso de que quiera excederme de estas horas en algun caso.
Por ello quisiera saber que valor tiene la palabra de una persona que, por ejemplo, me denunciara ante la Inspección de Servicios, si basta su testimonio para sancionarte o sería necesaria una inspección. Y qué otros medios tendría de defensa ante una denuncia de este tipo. No es paranoia mía, es bastante factible que pudiera darse, por temas de competencia entre Academías o por pura venganza (mi colectivo no ofrece mucha tranquilidad en ese sentido).
Gracias
02/10/2009 19:22
El fondo de la cuestión, es que esa autorización no debe estar fundamentada.
Creo recordar que puede concederse la compatibilidad (cuando no entre en conflicto con el puesto desempeñado), siempre que las horas dedicadas a la actividad no excedan de 18 a la semana.
Por tanto, debe exigir la justificación de la autorización.
Defensa ante posible expediente sancionador
02/10/2009 16:15
Hola. Si alguien tiene experiencia en expedientes sancionadores - espero que como abogado y no como protagonista, por supuesto - ¿me podría aclarar alguna duda?. Pero antes que nada expongo el caso. He solicitado compatibilidad para la preparación de opositores por 3 horas semanales y sólo me autorizan la mitad, 1 y media. Si me excediese de esa hora y media, supongamos, cómo podrían acreditarlo desde la Administración si decidiesen ir a por mí (cosa bastante posible si me denuncia alguien).
Mis preguntas son, para anticiparme a esa posibilidad:
¿Qué valor tiene en el derecho admvo. sancionador el testimonio de una persona, en el caso de denuncia, por ejemplo?.
¿Cómo puedo acreditar mi defensa?, ¿serviría la factura que pienso emitir por esas 1 hora y media semanal?
Muchas gracias de antemano.