Para qué preguntas si luego no acpetas la respuesta?
Lo siento pero no entiendes lo que signfica igualdad. No es que sólo tú te des cuenta de algo y los demás no, es que simplemente no tienes razón. La CE prohíbe que dos personas de la misma edad que se compren un inmueble para el mismo uso, lo paguen en forma análoga, etc sean tratados de forma distinta. QUe los menores de 18 años no voten es discriminatorio? Se trata igual a los iguales (por ejemplo todos los mayores de 65 años) y desigual a los desiguales (por ejemplo todos los mayores de edad legal y menores de 65 años).
Repasa el significado de confiscar, porqu eno significa lo que tú pretendes. Ni se gravan dos veces los mismos bienes, ni que la presión fiscal te parezca alta tiene nada que ver con la confiscación, no por supuesto son ilegales.
Si quieres seguir pensando lo mismo, estarás equivocado, pero eres libre de pensar que eres el único que ha visto algo que ni siquiera los excepcionales juristas que hay en España y en la UE han visto....
Entonces es constitucional que alguien se desgrave dinero de los impuestos que paga por el mero hecho, por ejemplo, de haberse comprado una casa??? Se discrimina al contribuyente que no adquiere una propiedad.
Los mayores de 65 años pagan menos IRPF que los menores de esa edad, eso es discriminación por edad y circunstancia social.
Confiscatoriedad es que YO gane 1800€ al mes brutos, pague por ese dinero IRPF, y luego por los 1300€ que me quedan pague el 21% de impuestos ( IVA) por comprar algo con dinero que ya ha pagado impuestos.
Lo mismo con el impuesto de sucesiones, Bienes que ya han pagado sus impuestos vuelven a pagarlos.
No me extraña que el sr. Gerard Depardeau haya renunciado a la nacionalidad francesa, donde se paga el 75% de lo que gana, una barbaridad confiscatoria, y se haya ido a Rusia, donde todo el mundo paga lo mismo, el 13%.
Pagar mas del 25 % de los ingresos es confiscatorio.
Nadie lo ha recurrido pues no tiene ningún sentido. Las deducciones (o cualquier "beneficio fiscal") se aplican por igual a todos aquellos que cumplan los requisitos establecidos por la norma. La igualdad copnstitucional no es tratar a todos igual, sino tratar igual lo igual y desigual lo desigual, lo que se conoce como igualdad asimétrica.
No sé a qué te refieres con la "consfiscatoriedad".
En todo caso la mayor divergencia (cualitativa, pero ante todo cuantitativa) está en la base del ahorro del IRPF que configura la progresividad con una parcialidad algo cuestionable...y aún así es conforme a Derecho.
Ningun ente o persona ha recurrido al TC como inconstitucionales el IVA y Sucesiones, así como las desgravaciones fiscales, que ello vulnera los principios de IGUALDAD y no confiscatoriedad del art 31,1 de la CE??
Dado que el art 14 de la CE consagra la igualdad de los españoles ante la ley, y el art 31,1 dice:
" Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio."
Es constitucional el sistema de deducciones fiscales del sistema fiscal español?
Es confiscatorio los impuestos IVA y sucesiones, impuestos que gravan dinero que YA pagó en su momento impuestos a su vez? Pagar por ejemplo, el IVA de un impuesto como el de electricidad o carburantes?