Buenas, le adradezco mucho su respuesta, pero la hija ya es mayor de edad.
De hecho su madre no insistió en su momento de que su hija iniciara un procedimiento judicial de solicitud de pensión alimenticia para que no hubieran fricciones entre padre e hija y mantuvieran una relación "normal".
Así que él, que es don tacañón le pasaba una catidad de dinero fija mensual, a pesar de que en este tiempo, ha realizado su diplomatura fuera de su comunidad con los consiguientes gastos de alojamiento y transporte. Incluso una vez, se negó a prestarle dinero a su hija para una pruebas médicas. Sí, he dicho que se las pidió prestadas y no se las dejó.
Casi va a cumplir los 25 años. Así que ahora puede alegar que se busque sus habichuelas.
De todas formas, si hay algo que se pueda alegar frente a hacienda agradeceria la información.
Deberían formalizar la situación. Si están separados yo haría una solicitud de regulación de custodia de menor judicial (Se hace igual que un divorcio de común acuerdo, se ponen las cláusulas reguladoras en el convenio y se fija la guarda y custodia para la madre y la pensión de alimentos a pagar para el padre). De esta forma, la madre podrá aplicar el 100% del mínimo por descendientes, y el padre deberá quitar a la hija del mínimo por descendientes y deducirse en cambio la pensión de alimentos.
Tiene el coste de pagar el proceso judicial de demanda de custodia de común acuerdo, pero no son caros (entre 600 y 1000) y lo pueden pagar entre los dos a medias si van con el mismo abogado.
Una madre, familiar mío, incluyó a su hija al 100% en las deducciones del mínimo por descendientes, ya que estaba empadronada con ella y, a pesar de que su pareja le pasaba 150€ al mes, esta catidad solo se correspondía con un 20% de todo lo que necesitaba su hija para vivir (médicos, estudios, transporte, etc.), siendo el 80% restante cubierto por la madre.
Le vino una paralela de Hacienda, se lo han bajado al 50% pq el padre acreditó la dependencia económica con los ingresos del banco y porque en las deducciones del mínimo por descendientes la ley atribuye el 50% a cada progenitor.
No se casaron ni lo regularizaron como pareja de hecho y tampoco hubo pensión de alimentos ni acuerdo notarial sobre esta cantidad de dinero. Le pasaba siempre la misma cantidad de dinero mensual a criterio suyo.
¿Hay alguna sentencia, jurisprudencia, alguna ley o alguna forma para poder solicitarle a Hacienda que revise este porcentaje, y aunque la ley lo fije en 50% poder cambiarlo?
Entiendo el principio de igualdad de ambos progenitores, pero también debería contemplarse la de proporcionalidad en el mantenimiento de la hija, y por consiguiente, en las deducciones en la declaración de hacienda.
Muchas gracias, de antemano