Hola, en mi comunidad hicimos unas obras de supresión de barreras arquitectónicas (eliminación de escaleras del portal) a instancia de una persona con discapacidad y dificultades de movilidad reconocidas. La Agencia Tributaria me reclama un certificado expedido por el Imserso o órgano competente en la Comunidad Autónoma que certifique que esas obras eran necesarias. En su día no lo solicitamos y la persona discapacitada ha fallecido.
Mi consulta es si es posible demostrar o bien si existe algún tipo de jurisprudencia que haga posible que con el certificado de discapacidad que sí tenemos ( el fallecido tenía reconocido un 75% de discapacidad y dificultades de movilidad) y con el certificado de las obras que consistieron en eliminar escaleras porque iba en silla de ruedas) sea suficiente. No sé si me he explicado bien. En resumen, si de estos documentos se puede motivar legalmente que esas obras, obviamente, eran necesarias para su digno desarrollo. Muchas gracias.
Con la documentación que citas, deberían darte el certificado en la Consejería de asuntos sociales de tu Comunidad Autónoma. No creo que la AEAT admita otra cosa.