Buenos días:
Espero que alguien pueda ayudarme en este tema o al menos asesorarme un poco. En septiembre de 2005 mi marido y yo adquirimos un piso de proteccion oficial, para el cual dimos unas cantidades a cuenta. En la declaración de 2005 en la declaración de 2005 nos dedujimos por adquisición de vivienda habitual el practicamente el máximo, igualmente declaramos una cuarta parte de la subvención que nos dieron al ser un piso de VPO. Ahora en 2006 nos hemos divorciado, el se ha quedado el piso, se ha hecho una extinción de condominio y yo he tenido que abandonar la que hasta ahora era mi vivienda habitual. Por lo cual en noviembre de 2006 yo procedo a adquirir otra vivienda para la cual di en concepto de arras o señal 6.000 euros. Puedo deducirme esos 6.000 euros en la declaración de la renta de 2006? Tengo que seguir declarando el resto de subvención por VPO aunque ya no sea mia la casa? Gracias