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Deducción por vivienda conjunta o individual

1 Comentarios
 
17/06/2004 07:15
Si te refieres a estar casado en ganacial o separación, ser titular del 50% de la vivienda y deducir el 100% de los gastos, no es posible. Los gastos fiscalmente deducibles están en función de la titularidad, si eres titular del 50% de la vivienda, sólo puedes deducir sobre tu 50% teoricamente pagado. El matrimonio lo que permite es hacer declaración conjunta, de tal manera que sumais ingresos de ambos, restais mínimo de ambos y sumais la cantidad pagada por el piso, de tal manera que se permite deducir hasta la cantidad máxima 18.000 €, lo que suele salir rentable. Otra cosa es que tu novia acepte que el piso es 100% tuyo, pues en caso de separación se puede liar una "gorda". Saludos
Deducción por vivienda conjunta o individual
16/06/2004 15:59
Mi novia y yo (pareja de hecho) nos vamos a comprar un piso. Ella gana sólo 7000€ al año y yo estoy por los 18000€. Ella no paga impuestos ni le retienen nada, por lo que su parte proporcional de la deducción de IRPF por compra de vivienda se piede. ¿Qué forma de compra sería mejor desde el punto de vista fiscal?

1- Poner el piso todo a mi nombre y deducirme yo el 100% de los gastos.

2- Comprar el piso al 50% y casarnos después en régimen de gananciales.

3- Comprar el piso al 50% y casarnos después en régimen de separación de bienes.

En los casos 2 y 3, si hacemos la declaración conjunta está claro que podemos aplicar la desgravación del 15% al 100% de lo que gastemos cada año en piso (hasta los famosos 9000€), independientemente de quién los pague.

Pero en el caso 2 y 3, si hago yo sólo mi declaración individual ¿me puedo deducir yo también lo mismo que en el párrafo anterior por el hecho de estar casado?

Gracias.